Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2019 (05/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Viernes 5 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Informe N° 00058-2019/SG de fecha 02 de abril del 2019, emitido por la Secretaría General; el Memorándum N° 00066-2019-SUSALUD/SUP de fecha 04 de abril del 2019, emitido por el Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud y el Informe N° 00252-2019/OGAJ de fecha 04 de abril del 2019, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Asimismo, se dispone que las entidades públicas designen al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, conforme al artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 0722003-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 0702013-PCM, es obligación de la máxima autoridad de la entidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público mediante Resolución que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, y colocada en un lugar visible en cada una de las sedes administrativas de la entidad; Que, mediante artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 108-2018-SUSALUD/S del 19 de julio del 2018, se designó a la abogada Rosario Mercedes Gonzales Ybañez como funcionaria responsable de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, que se formule conforme al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a su Reglamento; Que, mediante Informe N° 00058-2019/SG y Memorándum N° 00066-2019-SUSALUD/SUP, se ha dispuesto se designe a la abogada Pamela Jovanna Silva Lopez como la nueva funcionaria responsable de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, la misma que deberá efectuarse con eficacia anticipada al 02 de abril de 2019; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 00252-2019/OGAJ emite opinión favorable sobre el particular. En tal sentido, y conforme a lo indicado en los documentos de vistos, resulta pertinente reemplazar a la abogada Rosario Mercedes Gonzales Ybañez como funcionaria responsable de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, designando en su lugar a la abogada Pamela Jovanna Silva Lopez, al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública y su Reglamento; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el cual establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Con los vistos de la Secretaria General y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, y; Estando a las facultades previstas en el artículo 9 y los literales d), t) y x) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-SA; SE RESUELVE:

SILVA LOPEZ como funcionaria responsable de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, que se formule conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a su Reglamento. Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Superintendencia N° 108-2018-SUSALUD/S del 19 de julio del 2018. Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la servidora mencionada precedentemente así como a todos los órganos de SUSALUD, para conocimiento y fines. Artículo 4.-. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS DEL CARMEN SARA Superintendente 1757562-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Resuelven denegar Licencia Institucional a la Universidad Privada Sergio Bernales S.A. para ofrecer el servicio educativo superior universitario en el territorio nacional
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 044-2019-SUNEDU/CD Lima, 1 de abril de 2019 VISTOS: La Solicitud de licenciamiento institucional (en adelante, SLI) con Registro de trámite documentario N° 004534-2016-SUNEDU-TD, presentada el 26 de febrero de 2016 por la Universidad Privada Sergio Bernales S.A.1 (en adelante, la Universidad); el Informe Técnico de Licenciamiento N° 008-2019-SUNEDU-02-12 del 21 de marzo de 2019 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic), y; el Informe N° 216-2019-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: I. Antecedentes normativos Según lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. Los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, respectivamente, establecen que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu), a través de su Consejo Directivo, es competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades. El artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu (en adelante, ROF) aprobado por Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU y modificado por

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Artículo 1.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 02 de abril del 2019, a la abogada PAMELA JOVANNA

Inscrita en la partida electrónica N° 21026558 del Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos­ Sunarp.

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