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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (12/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2019 / El Peruano administrativa en la sede Chorrillos; sin embargo, resulta imperioso que los fi nes por los cuales fue creada la escuela se lleguen a concretar y permita que en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, se desarrollen capacitaciones constantes y de calidad para la mejora de las capacidades del personal, a fi n de brindar un mejor servicio de justicia. Con la fi nalidad de lograr que la Escuela sea dinámica y cuente con mayor alcance hacia todas las especialidades y áreas de la Unidad Ejecutora, que le permita un mejor desarrollo profesional de los jueces, trabajadores, estudiantes y profesionales que aspiren el ingreso o inclusión dentro de las labores jurisdiccionales y/o administrativas, corresponde que la dirección y guía de la Escuela sea atendida por un grupo de profesionales, en forma colegiada, que permitan además contar con una programación de capacitaciones constantes, de calidad y en diversas especialidades, de la mano con Instituciones Centrales del Sistema de Justicia, Municipalidades, Universidades, Institutos y Sociedad Civil. La Escuela será un espacio que permita el desarrollo de autocapacitaciones entre jueces, personal jurisdiccional y personal administrativo, replicando toda enseñanza recibida dentro de nuestro ámbito profesional, tales como Cursos, Seminarios, Diplomados, Talleres, Pasantías, entre otros, así como también generando nuevas actividades de capacitación, que lleguen a potenciar las capacidades de los recursos humanos que cuenta esta Corte Superior de Justicia de Lima Sur, así como también propiciando la inclusión de nuevos profesionales al sistema de justicia. Asimismo, a partir de la presente, La Escuela tiene autonomía académica para su desarrollo y ejecución, que le permita realizar coordinaciones directas con las o fi cinas administrativas de la Unidad Ejecutora, en el marco de la organización e implementación de las actividades de capacitación, permitiendo además una identi fi cación clara y precisa de las necesidades en el fortalecimiento de capacidades en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a través de un diagnóstico situacional de las necesidades de capacitación en jueces, personal jurisdiccional y administrativo. En La Escuela se considerará la atención intensiva de las capacitaciones en el marco de la Ley Nº 30364, sobre violencia con las mujeres e integrantes del grupo familiar, Ley Nº 30077, sobre crimen organizado y las Leyes Nº 29574 y Nº 29648, sobre corrupción de funcionarios, otorgando un espacio determinado para la capacitación en el D.L. Nº 957 sobre el Nuevo Código Procesal Penal, el cual se implementará en el mes de Julio del año 2020. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, como máxima autoridad administrativa, dirige la política interna en el Distrito Judicial a su cargo, por tal motivo interviene en la regulación de las actividades de las diversas áreas administrativas, con la fi nalidad de cautelar la pronta administración de justicia, adoptando las medidas administrativas necesarias para su adecuado funcionamiento. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ESTABLECER, que la nomenclatura de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales y Administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, sea denominada como “ESCUELA JUDICIAL DE LIMA SUR”, a fi n de extender su ámbito de acción para el fortalecimiento de capacidades en Jueces, Personal Jurisdiccional y Administrativo de esta Corte, así como para estudiantes y profesionales que aspiren el ingreso o inclusión a las labores jurisdiccionales y/o administrativas en el Poder Judicial. Artículo Segundo.- ESTABLECER la estructura organizacional que regirá la Escuela Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, en adelante -La Escuela-, siendo la siguiente: OBJETIVO:El Objetivo de La Escuela es el fortalecimiento de las capacidades y especialización de Jueces y Personal de esta Corte, así como de estudiantes y profesionales que aspiren el ingreso a una institución de justicia; esto a través de las autocapacitaciones, que replicarían toda enseñanza recibida en Cursos, Seminarios, Diplomados, Talleres, Pasantías, entre otros, así como también generando nuevas actividades de capacitación, que lleguen a potenciar las capacidades de los recursos humanos que cuenta esta Corte Superior de Justicia de Lima Sur. ÓRGANO DIRECTIVO DE LA ESCUELALa Escuela será dirigida por una DIRECCIÓN ACADÉMICA, constituida por un Director y miembros del Directorio, los cuales tendrán como apoyo a un Secretario Técnico. CONFORMACIÓN Y DESIGNACIÓN DE LA DIRECCIÓN ACADÉMICA La Dirección Académica de La Escuela estará conformada por: - 01 Director, que será elegido entre todos los miembros del Directorio - Los Miembros del Directorio, que serán: o Los integrantes de la Comisión de Capacitación en el área Penal, o Los integrantes de la Comisión de Capacitación en el área Civil, o Un representante de los trabajadores, que deberá ser designado por la Coordinación de Recursos Humanos. o Un Personal de la Coordinación de Recursos Humanos (Secretario Técnico) VIGENCIA Y ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN ACADÉMICA Los miembros de la Dirección Académica, la conformarán por un periodo de 2 años, de manera renovable por otro período igual al anterior y tendrán las siguientes atribuciones: - Aprobar el Plan Anual de actividades. - Proponer el Presupuesto para las actividades.- Dictar normas internas para el buen funcionamiento de La Escuela. - Crear y estructurar las áreas necesarias para el mejor cumplimiento de los fi nes de La Escuela. - Aprobar la Memoria Anual de La Escuela. ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR Corresponde al Director: - Representar a La Escuela - Estimar el presupuesto para el funcionamiento la Escuela, según el Programa anual de actividades, y la logística a requerir. - Proponer el Plan Anual de Actividades, nómina de docentes y actividades académicas. - Actualizar el Plan Anual de Actividades, conforme a los requerimientos y coordinaciones que se obtengan para el desarrollo de actividades académicas. - Ser responsable de la utilización de los recursos asignados a La Escuela. - Realizar la Memoria Anual de las actividades de la Escuela. FUNCIONES DEL SECRETARIO TÉCNICOSon Funciones del Secretario Técnico:- Asistir al Director y a la Dirección Académica en todas aquellas actividades que tiendan al cumplimiento del objetivo de La Escuela. - Colaborar con el Director en la realización del Plan Anual de actividades. - Detectar las necesidades existentes, en general y en cada especialidad, a fi n de proponer programas de formación, capacitación, actualización u otra modalidad adecuada a la situación que se procura satisfacer.