Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2019 (14/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Domingo 14 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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disponga SERVIR; documentos que deben ser remitidos a SERVIR para su revisión y no objeción, previa aprobación de la Comisión de Tránsito de la Entidad y contar con el aval del Titular de la Entidad; Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, entidad en proceso de tránsito al nuevo régimen del servicio civil, ha presentado a SERVIR el informe de mapeo de puestos, el informe de mapeo de procesos y el informe que contiene el listado de las mejoras identificadas y el listado de las mejoras priorizadas, con la finalidad de obtener la Resolución de "Inicio de Proceso de Implementación"; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, órgano encargado de la implementación y supervisión de las políticas y normas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, informa que el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ha cumplido con lo establecido en los artículos 2, 3 y 4 de la Directiva Nº 003-2015-SERVIR/GPGSC, por lo que procede emitir la correspondiente Resolución de "Inicio de Proceso de Implementación"; Con el visto de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declárese iniciado el Proceso de Implementación del Nuevo Régimen del Servicio Civil en el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero. Articulo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo Autoridad Nacional del Servicio Civil 1760447-1

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 21 de marzo de 2019 ENTIDAD QUE IMPUSO LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: Municipalidad Distrital de Huaura NORMA QUE CONTIENE LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: Ordenanza 0012-2011-ALC/MDH, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Huaura PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA CONFIRMADO: Resolución 0268-2018/CEB-INDECOPI del 31 de mayo de 2018 BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL Y FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN: La imposición de un plazo de vigencia de un (1) año renovable para las autorizaciones de instalación de elementos de publicidad exterior, materializada en el procedimiento denominado «autorización para la ubicación de anuncios, avisos o elementos publicitarios (vigencia anual)» del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Huaura, aprobado por Ordenanza Distrital 0012-2011-ALC/ MDH. La ilegalidad de la medida denunciada se sustenta en el hecho de que la Municipalidad Distrital de Huaura ha impuesto el plazo de vigencia pese a que no cuenta con un mandato legal que la faculte para ello, lo cual vulnera lo dispuesto en los artículos 2 y 42 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. ANA ASUNCIÓN AMPUERO MIRANDA Presidenta 1760408-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Declaran barrera burocrática ilegal a la imposición de plazo de vigencia para autorizaciones de instalación de elementos de publicidad exterior, contenida en la Ordenanza N° 0012-2011-ALC/MDH que aprobó el TUPA de la Municipalidad Distrital de Huaura
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL ­ INDECOPI RESOLUCIÓN Nº 0082-2019/SEL-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas

Declaran barrera burocrática ilegal al cobro por derecho de tramitación para que administrados presenten sus descargos a las denuncias y/o actas de verificación de infracción al Reglamento Nacional de Administración de Transporte, medida contenida en la Ordenanza N° 117-2016CR/GRC.CUSCO que aprobó el TUPA del Gobierno Regional de Cusco
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL ­ INDECOPI RESOLUCIÓN Nº 0083-2019/SEL-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas. FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 21 de marzo de 2019. ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: Gobierno Regional de Cusco. NORMA QUE CONTIENE LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: Ordenanza Regional 117-2016-CR/GRC.CUSCO, que aprueba el Texto único de Procedimientos Administrativos de Cusco (Procedimiento 38). PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA CONFIRMADO: Resolución 0353-2018/INDECOPI-CUS del 24 de mayo de 2018.

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