Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2019 (18/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de abril de 2019 /

El Peruano

del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, modificado por la Resolución SBS N° 808-2019 y en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Manuel Jonathan Sandoval Izquierdo, con matrícula número N-4493, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1761388-1

oficina, en la modalidad de agencia, ubicada en la Unidad Inmobiliaria 1, 2, 3 y 4 Cooperativa de Vivienda Sol de Vitarte - Sector E, Mz.H, Lote 23 del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1760664-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Ordenanza Regional que modifica el Reglamento Interno del Consejo Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 403-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA; SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL APROBADO MEDIANTE ORDENANZA REGIONAL N° 154- AREQUIPA Articulo 1°- Disposición Modificatoria MODIFICAR el artículo 28º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 154 ­ Arequipa, siendo el texto de la siguiente manera: Artículo 28º.- Comisiones Ordinarias. Créase las siguientes comisiones ordinarias: 28.1. Comisión de Desarrollo Económico y Cooperación Internacional.- Se encarga de asuntos en materia de comercio, pesquería, producción, pequeña y micro empresa, inversión privada (Asociación Público Privada y Obras por Impuesto). 28.2. Comisión de Salud.- Se encarga de asuntos en materia de salud. 28.3. Comisión de Educación, Deporte, Ciencia, Tecnología e Innovación.- Se encarga de asuntos en materia de educación, deporte y recreación, cultura, ciencia, tecnología. 28.4. Comisión de Infraestructura y Proyectos de Impacto Regional.- Se encarga de asuntos en materia de infraestructura, transportes y comunicaciones. 28.5. Comisión de la Mujer, Niño, Adolescente, Persona con Discapacidad y Adulto Mayor.- Se encarga de asuntos en materia de atención y servicios brindados a la Mujer, Niño, Adolescente, Personas con Discapacidad y Adulto Mayor. 28.6. Comisión de Normas, Asuntos Legales y Seguridad Humana.- Se encarga de asuntos en materia administrativa de la Sede Central, judicial, de control y seguridad ciudadana. 28.7. Comisión de Planeamiento y Presupuesto.Se encarga de asuntos en materia de Planeamiento y Presupuesto, Sistemas Presupuestales, Contables y de Tesorería de la Sede Central.

Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de oficina, en la modalidad de agencia, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1410-2019 Lima, 2 de abril de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. (en adelante, la Caja) para que esta Superintendencia autorice la apertura de una oficina, en la modalidad de agencia, en el departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 25.01.2019 se acordó la apertura de una oficina, bajo la modalidad de agencia, en el distrito de Ate; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento Nº11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº1678-2018; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera" D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº4797 -2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de una

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