Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2019 (25/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de abril de 2019 /

El Peruano

de Asesora de Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR a la abogada PAMELA JOVANNA SILVA LÓPEZ en el cargo de confianza de Asesora de Superintendencia de la Superintendencia Nacional de Salud, bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 3.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución al interesado para su conocimiento, y a la Oficina General de Gestión de las Personas para los fines correspondientes. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la página web institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1763160-2

Designan Directora General de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Salud
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 052-2019-SUSALUD/S Lima, 24 de abril de 2019 VISTOS: La Carta S/N remitida por el señor Humberto Aladino Arbaiza Vásquez de 15 de abril de 2019; el Informe N° 0274-2019/OGPER de 23 de abril de 2019, de la Oficina General de Gestión de las Personas y el Informe N° 3102019/OGAJ de 23 de abril de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1158, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 06 de diciembre de 2013, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por Superintendencia Nacional de Salud, constituyéndose como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, conforme la Séptima Disposición Complementaria Final del referido Decreto Legislativo, el personal de la Superintendencia Nacional de Salud se encuentra comprendido dentro del régimen laboral de la actividad privada establecido por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, en tanto se implementen las disposiciones contenidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 021-2015-SUSALUD/S, publicada el 06 de febrero de 2015, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD, aprobado por Resolución Ministerial Nº 730-2014/MINSA, documento de gestión que tiene previsto el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Salud, con el Nº de Orden 091, el Código N° 134122, y clasificación EC; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 130-2018-SUSALUD/S de 12 de octubre de 2018, se designó al economista Humberto Aladino Arbaiza Vásquez en el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, mediante documento de vistos, el economista Humberto Aladino Arbaiza Vásquez ha puesto su

cargo a disposición por lo que resulta pertinente dar por aceptada la renuncia siendo necesario realizar las acciones administrativas orientadas para cubrir el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, a través del informe de vistos, la Oficina General de Gestión de las Personas efectuó la evaluación de compatibilidad de perfiles del puesto con el de la abogada Flor de María Pérez Bravo, cuyo perfil profesional es compatible con el perfil establecido en el Clasificador de Cargos de SUSALUD; por lo que, procede su designación como Directora General de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Salud; Con el visado del Secretario General, de la Directora General de la Oficina General de Gestión de las Personas y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; Estando a lo dispuesto por el artículo 9 y los literales d), h) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y 7) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del economista HUMBERTO ALADINO ARBAIZA VÁSQUEZ al cargo de Director General de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a la abogada FLOR DE MARIA PEREZ BRAVO, en el cargo de confianza de Directora General de la Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 3.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a los interesados para conocimiento, y a la Oficina General de Gestión de las Personas para los fines correspondientes. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como en la página web institucional. Regístrese y comuníquese y publíquese. CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1763160-3

Designan Asesor de Secretaria General de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 053-2019-SUSALUD/S Lima, 24 de abril de 2019 VISTOS: El Informe N° 275-2019/OGPER de fecha 23 de abril de 2019, de la Oficina General de Gestión de las Personas y el Informe N° 00311-2019/OGAJ de fecha 23 de abril de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1158, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 06 de diciembre de 2013, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por Superintendencia Nacional de Salud, constituyéndose como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que

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