Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2019 (25/04/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Jueves 25 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

55

Oficializan Acuerdo que autoriza a Trasegur Perú SAC para funcionar como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de "Operador de Maquinaria Pesada"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 053-2019-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 22 de abril de 2019 VISTO: El Informe Nº 000009-2019-SINEACE/P-DEC-EBTP emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace, y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, la finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva, recomienda la autorización como entidad certificadora de competencias para la ocupación "Operador de Maquinaria Pesada" a la empresa TRASEGUR PERÚ SAC, con una vigencia de cinco (05) años, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la "Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo" aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 081-2015-COSUSINEACE/CDAH-P; acompañando a tal efecto, el Informe Nº 000004-2019-SINEACE/P-DECEBTP-HGL, con la documentación respectiva; Que, mediante Informe Nº000018-2019-SINEACE/PST-OAJ, de fecha 04 de febrero 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que el expediente presentado por la empresa TRASEGUR PERÚ SAC cumple con la normativa vigente, por lo que recomienda atender lo solicitado; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo Nº 0392019-CDAH, en sesión del 27 de marzo 2019, se otorgó a la empresa TRASEGUR PERÚ SAC, la autorización para funcionar como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de "Operador de Maquinaria Pesada" con una vigencia de cinco (05) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativo ­ Sineace, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU. SE RESUELVE: Artículo 1º: Oficializar el Acuerdo Nº 039-2019-CDAH, de sesión de Consejo Directivo Ad Hoc de fecha 27 de marzo 2019, mediante el cual se autoriza a la empresa TRASEGUR PERÚ SAC, para funcionar como Entidad

Certificadora de Competencias en la ocupación de "Operador de Maquinaria Pesada" con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace 1762625-5

Oficializan Acuerdo que autoriza al "Instituto Técnico Profesional - ITEP S.A.C." para funcionar como Entidad Certificadora de Competencias en las ocupaciones de "Operador de Maquinaria Pesada" y "Operador de Mantenimiento de Motocicletas"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 054-2019-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 22 de abril de 2019 VISTOS: El Informe Nº 000079-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP y el Memorando N° 000007-2019-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitidos por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, la finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva, recomienda la autorización como entidad certificadora de competencias en las ocupaciones de "Operador de Maquinaria Pesada" y "Operador de Mantenimiento de Motocicletas" al "Instituto Técnico Profesional-ITEP S.A.C.", con una vigencia de cinco (05) años, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la "Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo" aprobada con la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 081-2015-COSUSINEACE/CDAH-P; acompañando a tal efecto, el Informe Nº 000002-2019-SINEACE/P-DECEBTP-HGL, con la documentación respectiva; Que, mediante el Informe Nº000019-2019-SINEACE/ P-ST-OAJ, de fecha 5 de febrero 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que el expediente presentado por el "Instituto Técnico Profesional-ITEP S.A.C.", cumple con la normativa vigente, por lo que recomienda atender lo solicitado;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.