Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2019 (25/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Jueves 25 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Informe Nº 0056-2019/GRH, el Informe Nº 2212019/GEL, el Informe Nº 039-2019/GEG, y el Informe Nº 257-2019/GEL; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado a designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual, así como removerlos; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 165-2018-INDECOPI/ COD, publicada el 19 de setiembre del 2018 en el Diario Oficial El Peruano, se designó al señor Jorge Ernesto Arrunátegui Gadea como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 1; Que, el señor Jorge Ernesto Arrunátegui Gadea ha presentado la renuncia a su condición de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 1 por motivos personales; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 0362019 del 26 de marzo de 2019, ha acordado aceptar la renuncia del señor Jorge Ernesto Arrunátegui Gadea como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 1, y encomendó al Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI emitir la resolución correspondiente; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033 y sus modificatorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Jorge Ernesto Arrunátegui Gadea como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 1, siendo el último día de ejercicio de sus funciones el 22 de marzo del 2019, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1762699-1

y Encuestas, solicitando la autorización de la "Encuesta Nacional de Empresas 2018". CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática", el INEI es el ente rector del Sistema Estadística Nacional y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y, técnicas estadísticas utilizadas por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas oficiales a nivel regional y nacional; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas informa que ha previsto realizar el presente año la "Encuesta Nacional de Empresas 2018", la que se llevará a cabo a nivel nacional a una muestra representativa de 14, 441 empresas seleccionadas, para lo cual en coordinación con el Ministerio de la Producción ­ PRODUCE, han definido el marco conceptual y los indicadores pertinentes; así como, el contenido del cuestionario a ser utilizado en la Encuesta, por lo que solicita se autorice la ejecución de la "Encuesta Nacional de Empresas 2018" y aprobar el cuestionario respectivo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo N° 0432001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Que, la Encuesta Nacional de Empresas 2018, la cual se ejecuta bajo el marco del Convenio Específico denominado Convenio N° 009-2018-INEI, tiene por finalidad conocer las características de las empresas, su organización, gestión de los productos e insumos, uso de tecnologías de información y comunicación, percepción sobre las regulaciones, información de ingresos y gastos, conocimientos de productos financieros, capacitación e información complementaria para la medición anual y seguimiento de los indicadores de desempeño del Programa Presupuestal "Desarrollo Productivo de las Empresas" cuya cobertura comprende a los sectores: pesca, explotación de minas y canteras, industria manufacturera; suministros de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado, suministros de agua, evacuación de aguas residuales, construcción, comercio al por mayor y al por menor, transporte y almacenamiento, actividades de alojamiento y servicios de comidas, información y comunicaciones, actividades financieras, inmobiliarias, actividades profesionales, científicas y técnicas, de servicios administrativos y de apoyo a las empresas, enseñanza privada, atención de la salud humana y de asistencia social privada, actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas u otras actividades de servicios e información complementaria para la medición anual y seguimiento de los indicadores de desempeño del Programa Presupuestal " Desarrollo Productivo de las Empresas"; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la "Encuesta Nacional de Empresas 2018", que se aplicará a nivel nacional a las 14,441 empresas seleccionadas, las cuales realizan las actividades siguientes: pesca, explotación de minas y canteras, industria manufacturera; suministros de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado, suministros de agua, evacuación de aguas residuales, construcción, comercio al por mayor y al por menor, transporte y almacenamiento, actividades de alojamiento y servicios de comidas, información y comunicaciones, actividades financieras, inmobiliarias, actividades profesionales, científicas y técnicas, de servicios administrativos y de apoyo a las empresas, enseñanza privada, atención de la salud humana y de asistencia social privada, actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas u otras actividades de servicios.

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan ejecución de la Nacional de Empresas 2018"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 123-2019-INEI Lima, 17 de abril de 2019 Visto el Oficio N° 619-2019-INEI/DNCE y el Informe N° 027-2019-INEI/DNCE de la Dirección Nacional de Censos

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