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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (25/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Jueves 25 de abril de 2019 / El Peruano como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modi fi cado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso”, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por la Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones especí fi cas que deben tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, y la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características especí fi cas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modi fi car o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), previo sustento técnico de la veri fi cación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Subasta Inversa, ahora Dirección de Estandarización y Sistematización, siendo que, para el caso de modi fi cación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la misma, que no afecte su condición de bien común; Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modi fi cación o la exclusión de la Ficha Técnica del LBSC; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 012-2019- PERÚ COMPRAS, se aprueba el Cuadro de Equivalencias de los órganos de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS con la nueva estructura orgánica aprobado por el nuevo ROF, en el que la Dirección de Subasta Inversa, ahora se denomina Dirección de Estandarización y Sistematización; Que, la Dirección de Estandarización y Sistematización a través del Informe Nº 000027-2019-PERÚ COMPRAS- DES, sustenta la modi fi cación de ocho (8) Fichas Técnicas del rubro Componentes y Suministros de Fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes-LBSC, considerando para ello, la actualización de las normas técnicas, en sus características generales, características especí fi cas, en el embalaje y rotulado, precisando que no afectan la condición de bien común de los citados bienes; Que, de igual manera, corresponde se apruebe la modi fi cación referida a la certi fi cación de calidad del bien contenida en el Documento de Orientación, ahora denominado “Documento de Información Complementaria” conforme el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF; Que, mediante Informe N° 000076-2019-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Estandarización y Sistematización y de conformidad con el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; así como, lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, es procedente la modi fi cación de ocho (8) Fichas Técnicas del rubro Componentes y Suministros de Fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes-LBSC; así como, del Documento de Información Complementaria correspondiente; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y;De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042- 2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS; Resolución Jefatural Nº 012-2019-PERÚ COMPRAS; y en uso de la atribución conferida en el literal d) del artículo 9 Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car ocho (8) Fichas Técnicas del rubro Componentes y Suministros de Fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes-LBSC, contenidas en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle: N° DENOMINACION DEL BIEN VERSIÓN 1 Alambre de púas 05 2 Alambre negro recocido Nº 08 05 3 Alambre negro recocido Nº 16 05 4 Alambrón liso para construcción 05 5 Tubo estructural cuadrado negro de 2” con espesor de 2 mm 05 6 Tubo estructural rectangular negro de 1” x 2” con espesor de 2 mm 05 7 Tubo estructural rectangular negro de 2” x 4” con espesor de 3 mm 05 8 Tubo estructural redondo galvanizado de 2” con espesor de 2 mm 05 * Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www. perucompras.gob.pe/lbsc Artículo Segundo.- Modi fi car el Documento de Información Complementaria (antes Documento de Orientación) del rubro Componentes y Suministros de Fabricación del Listado de Bienes y Servicios Comunes-LBSC, conforme al Anexo N° 02, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización y a la O fi cina de Tecnologías de la Información realicen la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.perucompras.gob.pe), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS 1763123-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Fijan Márgenes Comerciales y nuevas Bandas de Precios de combustibles derivados del petróleo RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 010-2019-OS/GRT Lima, 24 de abril de 2019