Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2019 (18/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de diciembre de 2019 /

El Peruano

complementarias atendiendo a las características propias del mercado regulado; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 152-2015-OS/CD, el Consejo Directivo de Osinergmin aprobó la "Conformación del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería", y con Resolución de Consejo Directivo N° 1532015-OS/CD aprobó el "Reglamento del Consejo de Usuarios de Osinergmin"; Que, de la experiencia recogida a lo largo de los últimos años se ha advertido la necesidad de optimizar las normas que rigen la conformación y el funcionamiento del Consejo de Usuarios, que coadyuven en el mejor desarrollo de las funciones atribuidas a este colegiado; Que, en aras de la transparencia que rige las decisiones de Osinergmin, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 203-2019-OS/CD, se dispuso la publicación del proyecto del nuevo "Reglamento del Consejo de Usuarios de Osinergmin", a fin de recibir comentarios de los interesados; Que, luego de la evaluación de los comentarios recibidos, que se incluye en la Exposición de Motivos de la presente resolución, y la incorporación de los aportes acogidos, corresponde aprobar el "Reglamento del Consejo de Usuarios de Osinergmin", que tiene por finalidad regular la estructura, conformación, funcionamiento y procedimiento de elección y designación de los miembros del Consejo de Usuarios, así como las normas complementarias atendiendo a las características propias del sector energético; Que, en atención a lo dispuesto en el literal c) del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el artículo 28 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM, así como el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión N° 36-2019; Con la conformidad de la Gerencia General y la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar el "Reglamento del Consejo de Usuarios de Osinergmin", que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y el dispositivo aprobado en el artículo 1, en el diario oficial El Peruano; y conjuntamente con sus Anexos y la Exposición de Motivos en el portal institucional de Osinergmin (www. osinergmin.gob.pe). Artículo 3.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Déjese sin efecto las Resoluciones de Consejo Directivo Nos. 152-2015-OS/CD y 153-2015-OS/CD. DANIEL SCHMERLER VAINSTEIN Presidente del Consejo Directivo Osinergmin

de elección y designación del Consejo de Usuarios de Osinergmin, así como las normas complementarias atendiendo a las características propias del sector energético; Artículo 2.- Ámbito de aplicación El presente Reglamento resulta de aplicación a: a) A los miembros del Consejo de Usuarios de Osinergmin (CUO). b) La Secretaría Técnica. c) El Comité Electoral. Artículo 3.- Base Legal Además del presente Reglamento, el Consejo de Usuarios de Osinergmin se rige adicionalmente por las siguientes disposiciones: a) Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, modificada por Ley N° 28337. b) Ley N° 26734, Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. c) Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005PCM. d) Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 0102016-PCM. e) Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. f) Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. g) Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. En todos los casos, se incluyen las modificatorias, complementarias y conexas a los dispositivos citados, así como las normas que las modifiquen o sustituyan. TÍTULO ll Del Consejo de Usuarios Artículo 4.- Naturaleza y objetivos El Consejo de Usuarios de Osinergmin (CUO) es un mecanismo de participación de los agentes interesados en la actividad regulatoria de Osinergmin en el sector energético, que tiene por finalidad el fomentar la participación ciudadana y de la sociedad civil en la representación de los intereses de los usuarios de los servicios de electricidad, gas natural e hidrocarburos líquidos. Artículo 5.- Conformación 5.1. Osinergmin cuenta con un CUO a nivel nacional, integrado hasta por cinco (5) miembros, elegidos por dos (2) años, conformado por un miembro elegido por cada una de las siguientes organizaciones: a) Uno de las Asociaciones de consumidores y/ o usuarios reconocidas por el Indecopi. b) Uno de las Universidades Públicas con facultades relacionadas con los servicios públicos de electricidad y gas natural o las actividades de comercialización de hidrocarburos líquidos. c) Uno de las Universidades Privadas con facultades relacionadas con los servicios públicos de electricidad y gas natural o las actividades de comercialización de hidrocarburos líquidos. d) Uno de los Colegios profesionales. e) Uno de las Organizaciones sin fines de lucro, o de las organizaciones del sector empresarial no vinculadas ni que agrupe a los prestadores de los servicios públicos del sector energía. 5.2. Las organizaciones indicadas en el numeral anterior deben contar con representatividad conforme a lo señalado en el artículo 24 del presente Reglamento. 5.3. Si en el proceso electoral que se convoque para la elección de miembro del CUO no se llega a cubrir los

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE USUARIOS DE OSINERGMIN TÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer la estructura, conformación, funcionamiento y procedimiento

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