Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2019 (18/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la obra: "Tramo Nº 5 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Ilo - Puno - Juliaca, Matarani - Juliaca - Azángaro)" y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 9,918.27, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas

para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagada directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble ocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "TRAMO Nº 05 DEL CORREDOR VIAL INTEROCEANICO SUR, PERU ­ BRASIL (ILO-PUNO-JULIACA, MATARANI-JULIACA-AZANGARO)"
Valor Total de las tasaciones (S/) AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE

Sujeto activo / Beneficiario

Sujeto pasivo CODIGO: AJP-T5-IMPA-148

Identificación del inmueble Área afectada: 378.56 M2.

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE WGS 84 Vértice Lado Distancia (ml) Este(X) Linderos y medidas perimétricas del área afectada: · Por el Norte: AUTOPISTA PUNO ­ JULIACA con 18.48 m. · DIONISIA GALLEGOS DE · Por el Sur: AUTOPISTA PUNO ­ JULIACA con 18.37 m. COILA · Por el Este: U.C. 60284 con 18.62 m. · SANTOS GALLEGOS · Por el Oeste: AUTOPISTA PUNO ­ JULIACA con 19.82 m. Ministerio de GONZALES Transportes y · SIMON TADEO SALAS 1 Comunicaciones HUARAYA ­ PROVIAS · LUCARIA GALLEGOS NACIONAL GONZALES · FELIPE BENICIO COILA IBAÑEZ Partida Electrónica: 11012968 de la Oficina Registral de Puno, Zona Registral Nº XIII- Sede Tacna Certificado de Búsqueda Catastral: Emitido con fecha 22.10.2018 (Informe Técnico Nº 7711-2018-SUNARPZ.R.N.XIII-UREG/C expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral Puno. Certificado Registral Inmobiliario: emitido con fecha 14.08.2019 por la Oficina Registral de Puno, Zona Registral Nº XIII- Sede Tacna. 1 2 3 4 5 6 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-1 18.48 18.62 2.83 18.37 11.12 8.70 Norte(Y)

385672.1801 8263932.3224 385689.9615 8263937.3398 385694.9017 8263919.3905 385695.6523 8263916.6635 385677.5976 8263913.2563 385674.6456 8263923.9740

9,918.27

1837785-1

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