Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2019 (18/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de diciembre de 2019 /

El Peruano

señala que "concluido el proceso de selección y nombramiento de los jueces para la Corte Superior de Justicia Especializada, se someterá a concurso público las plazas vacantes y presupuestadas del personal jurisdiccional y administrativo". Tercero. Que, la Presidenta (P) de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada refiere que citada disposición posterga el sometimiento a concurso público de las plazas vacantes y presupuestadas del personal jurisdiccional y administrativo de la referida Corte Superior, lo que resulta perjudicial toda vez que a la fecha se vienen presentando sucesivas renuncias y en número elevado del personal, sustancialmente de la modalidad "CAS"; siendo imprescindible medir la capacidad de los servidores a fin que accedan a dichas plazas mediante concurso público en un plazo perentorio próximo; y, de esa manera, regularizar el cuadro de recursos humanos. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia, evaluada la propuesta presentada; en mérito al Acuerdo N° 1432-2019 de la cuadragésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar la Setima Disposición Final y Transitoria del Estatuto de la actual Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, aprobado por Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ, cuyo texto será el siguiente: "Independientemente del proceso de selección y nombramiento de los Jueces para la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, se someterá a concurso público las plazas vacantes y presupuestadas del personal jurisdiccional y administrativo". Artículo Segundo.- Autorizar a la Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada lleve a cabo de inmediato el respectivo concurso público, para cubrir plazas vacantes de personal jurisdiccional y administrativo. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1838121-3

doctor Héctor Enrique Lama More, Consejero Responsable de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 374-2019-CE-PJ de fecha 4 de setiembre de 2019, se creó el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, encargado de velar por el correcto funcionamiento de cada componente antes, durante y después de la implementación del Modelo de la Oralidad Civil en las diferentes Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional. Asimismo, se aprobó el Manual de Organización y Funciones de la "Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil" y del "Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil". Segundo. Que, con la finalidad de establecer pautas y lineamientos para las Visitas de Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa N° 373-2019-CE-PJ, se aprobó el Plan de Actividades 2019 del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, dentro del cual está contemplado, como una de las actividades a realizar, la elaboración del "Protocolo de Visitas de Monitoreo". Tercero. Que, en ese sentido, el señor Consejo Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, remite a este Órgano de Gobierno el proyecto denominado "Protocolo de Visitas de Monitoreo", el cual tiene por finalidad brindar a los jueces y al personal jurisdiccional y administrativo de las Cortes Superiores donde se implementará y aplicará la Oralidad Civil, un instrumento que les permita verificar el progreso de las medidas adoptadas por el "Equipo Técnico Distrital para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles", y contrastar su cumplimiento para optimizar el resultado de los avances que se van obteniendo. La propuesta contiene, entre otros aspectos, actividades de monitoreo destinadas a evaluar la carga procesal (ingresos, producción y carga pendiente). Temática de Monitoreo: a) Infraestructura. b) Cuadro de Asignación de Personal (CAP). c) Distribución de Expedientes en el Área de Apoyo a las Causas. d) Bienes Muebles y Equipos Informáticos; y, e) Programación y Gestión de Audiencias. Además, dicho documento constituye una herramienta indispensable para el desarrollo y ejecución de las actividades que realizarán los integrantes de la Secretaría Técnica de Implementación de la Oralidad Civil del Poder Judicial, durante las visitas a las Cortes Superiores que se encuentren en proceso de implementación, con la finalidad de verificar el progreso de las medidas adoptadas por el "Equipo Técnico Distrital para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles", contrastar su cumplimiento de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento aprobado mediante la Resolución Administrativa N° 213-2019-CE-PJ; y monitorear a las Cortes Superiores que se encuentran implementadas. Temática de Visita Previa a la Implementación de la Oralidad Civil - Matriz de Control de Componentes Mínimos. Asimismo, se establecen pautas y lineamientos de obligatorio cumplimiento que permitirán obtener resultados inmediatos, directos, reales y precisos respecto de los avances y correcto funcionamiento del Módulo Civil Corporativo de cada Corte Superior de Justicia. Cuarto. Que, del contenido del documento materia de la presente propuesta, consta que este cuenta con el

Aprueban el "Protocolo de Visitas de Monitoreo" del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 481-2019-CE-PJ Lima, 4 de diciembre de 2019 VISTO: El Oficio N° 072-2019-P-CNISMOC-CE-PJ e Informe N° 024-2019-ETII-P-CNISMOC-CE-PJ cursado por el

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