Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2019 (23/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 23 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Asimismo, publícase en la misma fecha en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en los portales institucionales de los Ministerios comprendidos en el artículo 8 del presente Decreto Supremo. Artículo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Defensa, la Ministra de Educación, la Ministra de la Producción, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, la Ministra del Ambiente y la Ministra de Cultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo SONIA GUILLÉN ONEEGLIO Ministra de Cultura WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA Ministra de Educación JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones POLÍTICA NACIONAL MARÍTIMA Referencia El Poder Ejecutivo tiene entre sus competencias exclusivas la de diseñar y supervisar políticas nacionales, las mismas que se aprueban por decreto supremo, previa aprobación del Consejo de Ministros, de acuerdo al inciso 1 del artículo 4 de la Ley 29158: Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno. En concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo 029-2018-PCM, las Políticas Nacionales constituyen decisiones de política a través de las cuales se prioriza un conjunto de objetivos y acciones para resolver un determinado problema público de alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo. Las políticas nacionales multisectoriales, corresponden al subconjunto de políticas nacionales que buscan atender un problema o necesidad que requiere para su atención integral la intervención articulada de más de un sector, bajo el ámbito de competencia de dos o más Ministerios. En tal sentido, mediante el Decreto Supremo 118-2017PCM, se crea la Comisión Multisectorial de la Acción del Estado en el Ámbito Marítimo (COMAEM), de naturaleza permanente, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, teniendo como objeto, el seguimiento y la fiscalización de las políticas sectoriales, regionales y locales, y la emisión de informes técnicos a fin de

proponer una política nacional marítima y su permanente actualización, y sobre otros aspectos vinculados a las actividades que se desarrollan en el ámbito marítimo nacional. Para ello, se desarrollaron diversas reuniones de trabajo con los representantes de los sectores miembros de la COMAEM, bajo el asesoramiento técnico permanente de los representantes del CEPLAN, trabajo que demando un esfuerzo multisectorial importante, logrando obtener un proyecto de Política Nacional Marítima, consensuado y validado por todos los sectores, el mismo que fue presentado en la Octava Sesión Ordinaria de la COMAEM, siendo aprobada por consenso por todos los sectores componentes de la Comisión. La Política Nacional Marítima responde a la necesidad de integrar la acción del Estado en el mar y contribuye a fortalecer la articulación de las políticas sectoriales en el ámbito marítimo, para una mejor y oportuna toma de decisiones consensuadas a nivel del Estado que fortalezca el bienestar general, considerando los enfoques de género e interculturalidad, en el análisis del problema público. En tal sentido, esta política nacional constituye el deseo colectivo tanto de hombres como mujeres de la nación de usar y proteger el ámbito marítimo y aprovechar sus recursos, que implican los espacios, actividades y factores vinculados a ella, para su desarrollo de una manera eficiente. Contenido de la Política Nacional Marítima: 1. ANTECEDENTES 1.1 Presentación 1.2 Base legal 1.3 Metodología 1.3.1 Diseño de la política 1.3.2 Formulación de la política 1.4 Diagnóstico 1.4.1 1.4.2 1.4.3 1.4.4 1.4.5 1.4.6 Enunciado del problema público Modelo del problema público Conceptos claves Situación actual del problema público Situación futura deseada Alternativas de solución

1.5 Políticas relacionadas 2. 3. 4. 5. 6. OBJETIVOS PRIORITARIOS Y LINEAMIENTOS PROVISIÓN DE SERVICIOS Y ESTÁNDARES SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN GLOSARIO Y ACRÓNIMOS ANEXOS - Anexo 1. Ficha de alineamiento de nivel vertical con las políticas de Estado del Acuerdo Nacional y el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - Anexo 2. Ficha de alineamiento de nivel horizontal con políticas nacionales relacionadas - Anexo 3. Matriz de objetivos prioritarios y lineamientos - Anexo 4. Ficha técnica de los indicadores de objetivos prioritarios - Anexo 5. Matriz de consistencia 7. 8. BIBLIOGRAFÍA APÉNDICES - Apéndice 1. Situación futura deseada 1. ANTECEDENTES 1.1. Presentación A través de la historia, los océanos y mares han gravitado profundamente en la vida de los pueblos,

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