Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2019 (25/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Miércoles 25 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDO: Artículo Primero.-: APROBAR la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 252,048.00, a favor de la Contraloría General de la Republica, destinados al financiamiento del órgano de control institucional del Gobierno Regional La Libertad, en el marco del "Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencias de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General la República", cuyo importe corresponde al 50% del monto determinado en base de la información de costo anual indicado al Cuadro N° 1 , al que hace referencia el Oficio N° 00398-2019-CG/DC. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional de La Libertad, para que mediante Resolución Ejecutiva Regional formalice la transferencia financiera aprobado en el artículo precedente, para lo cual, bajo responsabilidad la Gerencia Regional de Administración y Gerencia Regional de Presupuesto adoptarán las acciones administrativas que correspondan para el debido cumplimiento. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Administración mantener vigente la contratación del personal que viene laborando en el Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de La Libertad, bajo la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios (CAS), hasta el 30 de junio de 2019, a fin garantizar el normal desempeño de las funciones mientras dure el proceso de transferencia de incorporación del Órgano de Control Institucional a la Contraloría General de la Republica. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Presupuesto para que durante el proceso de programación y formulación del Anteproyecto de Presupuesto para el Año Fiscal 2020, efectué la previsión por la suma de S/. 252,048.00, correspondiente al 50% restante a la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la Republica del monto determinado en base de la información de costo anual indicado al Cuadro N° 1 al que hace referencia el Oficio N° 00398-2019-CG/DC, en el marco de la Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Finales de la Ley N° 30742, Ley del Fortalecimiento de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo a las unidades orgánicas correspondientes del Gobierno Regional de La Libertad. Artículo Sexto.- DIFUNDIR, el presente Acuerdo en el Portal Web Institucional del Gobierno Regional La Libertad. POR TANTO, Regístrese, notifíquese y cúmplase. Dado en la ciudad de Trujillo, a los 28 días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. DAVID OSVALDO CALDERÓN DE LOS RÍOS Presidente Consejo Regional La Libertad 1839929-1

AUTORIZAR TRANSFERENCIA FINANCIERA DESTINADA A FINANCIAR EL PLAN OPERATIVO DEL AÑO FISCAL 2019 DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL "MACRO REGIÓN NOR ORIENTE DEL PERÚ" El Consejo Regional del Gobierno Regional La libertad en su Sesión Extraordinaria de fecha 28 de junio del 2019; VISTO Y DEBATIDO, la propuesta de Acuerdo Regional relativo a Aprobar la Transferencia Financiera destinada a financiar el Plan Operativo del Año Fiscal 2019 de la Mancomunidad Regional "Macro Región Nor Oriente del Perú", y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: "Los Acuerdos de Concejo Regional Expresan la Decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta norma institucional. Que, los literales a) y d) del artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley N° 27867, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios. Que, la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional, tiene por objeto establecer el marco legal de la mancomunidad regional, estableciendo un mecanismo de coordinación entre gobiernos regionales previsto en el artículo 190 de la Constitución política del Perú, y desarrollar el ejercicio de las competencias constitucionales establecidas en el artículo 192 de la Constitución política del Perú y el artículo 9 de la Ley 27867, ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la mancomunidad regional es el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la prestación conjunta de servicios públicos, cofinanciamiento o inversión en la ejecución de obras, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización; constituyendo una persona jurídica de derecho público y un pliego presupuestal, sujeta al Sistema Nacional de Control, al Sistema Nacional de Presupuesto y a los demás sistemas administrativos del Estado. Que, los gobiernos regionales mancomunados se rigen por los principios: a) Integración: Promueve la conformación de regiones para la integración y articulación de dos o más departamentos en los aspectos económico, social, cultural o político, b) Pluralismo: Asocia a cualquier gobierno regional de la Republica al margen de las convicciones políticas, religiosas, o de otra índole de sus autoridades, c) Concertación: Orienta la distribución concertada de responsabilidades de sus miembros, de otras instituciones y de las organizaciones representativas de la población, d) Desarrollo regional: Impulsa el desarrollo interregional integral y sostenible en armonía con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales que la conforman, e) Autonomía: Otorga la facultad para ejercer actos administrativos con respeto mutuo de las competencias regionales, f) Equidad: Apoya la igualdad de oportunidades y el acceso a los beneficios de la población de los departamentos y de los gobiernos regionales qué la componen, g) Eficiencia: Promueve la optimización y adecuada utilización de recursos en función a los objetivos propuestos, h) Solidaridad: Afronta los retos de la gestión regional en forma conjunta para obtener resultados satisfactorios y i) Sostenibilidad:

Aprueban y autorizan transferencia financiera destinada a financiar el Plan Operativo del Año Fiscal 2019 a la Mancomunidad Regional "Macro Región Nor Oriente del Perú"
ACUERDO REGIONAL N° 043-2019-GRLL/CR Trujillo, 28 de junio del 2019

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