Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2019 (05/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

32

NORMAS LEGALES

Sábado 5 de enero de 2019 /

El Peruano

El Ministerio de Energía y Minas elaborará los Lineamientos para el desarrollo de Mecanismos de Participación Ciudadana en las Actividades de Hidrocarburos para poblaciones vulnerables, mujeres y pueblos indígenas u originarios. Dichos Lineamientos serán coordinados con el Ministerio de Cultura y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su calidad de entes rectores, respetándose lo dispuesto en la legislación vigente sobre la materia. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- De los procedimientos en trámite A partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, sus disposiciones son de aplicación inmediata a las actividades de Participación Ciudadana realizadas en el marco de las competencias de PERUPETRO respecto de los procesos de contratación en trámite. Los procedimientos administrativos de evaluación de los Planes de Participación Ciudadana, Estudios Ambientales e Instrumentos de Gestión Ambiental Complementarios iniciados antes de la entrada en vigencia del presente Reglamento, continuarán su tramitación conforme las reglas establecidas por el Decreto Supremo N° 012-2008EM, y los Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades de Hidrocarburos, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 571-2008-MEM/DM. 1728967-2

y procesos penales, civiles, constitucionales y en otras materias, que deriven de los pasivos tributarios, pensionarios, de seguridad social y de otra índole, seguidos con la empresa agroindustrial Tumán S.A.A. y otras empresas vinculadas a esta; Que, mediante Sesión Extraordinaria del 06 de diciembre de 2018, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado, acordó proponer dar término a la designación del abogado Miguel Ángel Sánchez Mercado como Procurador Público Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano, en sedes jurisdiccionales y no jurisdiccionales nacionales en las investigaciones y procesos penales, civiles, constitucionales y en otras materias, que deriven de los pasivos tributarios, pensionarios, de seguridad social y de otra índole, seguidos con la empresa agroindustrial Tumán S.A.A. y otras empresas vinculadas a esta; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del abogado Miguel Ángel Sánchez Mercado como Procurador Público Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano, en sedes jurisdiccionales y no jurisdiccionales nacionales en las investigaciones y procesos penales, civiles, constitucionales y en otras materias, que deriven de los pasivos tributarios, pensionarios, de seguridad social y de otra índole, seguidos con la empresa agroindustrial Tumán S.A.A. y otras empresas vinculadas a esta, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2.- Derivar todo el acervo documentario relacionado a las investigaciones y procesos en materia penal, civil, constitucional y otras, en trámite con la empresa agroindustrial Tumán S.A.A. y otras vinculadas a esta, a las procuradurías públicas de origen según su especialidad, con la finalidad que asuman la defensa jurídica del Estado en las causas que directamente les competen, conforme a sus atribuciones. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1728961-3

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Dan por concluida designación de Procurador Público Ad Hoc para ejercer defensa de los derechos e intereses del Estado Peruano en investigaciones y procesos seguidos con la empresa agroindustrial Tumán S.A.A. y otras empresas vinculadas
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2019-JUS Lima, 4 de enero de 2019 VISTO, el Oficio N° 4807-2018-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, dispone como finalidad del sistema fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1068, establece que el Procurador Público Ad Hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad así lo requiera, siendo su designación de carácter temporal; Que, el literal b) del artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que la designación de los procuradores públicos y procuradores públicos adjuntos culmina, entre otras razones, por término de la designación; Que, mediante Resolución Suprema Nº 262-2017JUS, del 16 de noviembre de 2017, se designó al abogado Miguel Ángel Sánchez Mercado como Procurador Público Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano, en sedes jurisdiccionales y no jurisdiccionales nacionales en las investigaciones

Dan por concluida designación de Procurador Público Ad Hoc para ejercer defensa de los derechos e intereses del Estado Peruano en proceso penal denominado como "Caso Pobladores de Pativilca"
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2019-JUS Lima, 4 de enero de 2019 VISTO, el Oficio N° 4808-2018-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.