Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2019 (05/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Sábado 5 de enero de 2019 El Peruano / Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que mediante Resolución N° 3591-2018-JNE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2018, el Jurado Nacional de Elecciones declaró que, en determinados distritos, las autoridades municipales elegidas para el período de gobierno municipal 2015-2018 continúan en funciones, en sus respectivos concejos municipales, hasta que las nuevas autoridades, elegidas en Elecciones Municipales Complementarias 2019, asuman el cargo; por lo que sus actuales credenciales mantienen su vigencia hasta que culminen el ejercicio del cargo. Que conforme a lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, la convocatoria a Elecciones Municipales Complementarias se efectúa dentro de los noventa (90) días naturales siguientes a la instalación de los Concejos Municipales y se realizan el primer domingo del mes de julio del año en que se inicia el mandato legal de las autoridades municipales; Que mediante Decreto Supremo N° 001-2019- PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de enero de 2019, se convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2019 para el día 07 de julio de 2019, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores en los distritos detallados en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo N° 001-2019-PCM; Que asimismo el artículo 7° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, los extranjeros mayores de dieciocho (18) años residentes por más de dos (02) años continuos previos a la elección, tienen derecho a elegir y ser elegidos en las elecciones municipales, excepto en las zonas de frontera, siempre y cuando estén debidamente inscritos en el registro pertinente; Que como consecuencia de ello, la Gerencia de Registro Electoral mediante el documento de vistos, como órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las actividades de naturaleza electoral, derivadas de las competencias que sobre esta materia señala la Constitución Política y la Ley, así como aquellas que sean materia de acuerdo entre los organismos que conforman el Sistema Electoral, solicita se emita la resolución que disponga la inscripción de los extranjeros residentes en el Perú, a partir del 07 de enero de 2019 y por un lapso de siete (07) días calendarios, por lo que la fecha de cierre de inscripción deberá establecerse para el domingo 13 de enero de 2019, para el proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2019, las que según el artículo 4° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, se realizarán el primer domingo del mes de julio del año en que se inicia el mandato legal de las autoridades municipales, es decir el domingo 07 de julio de 2019; Que la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Registro Electoral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modi fi catoria; y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la apertura de la inscripción de Extranjeros Residentes en el Perú, a partir del 07 de enero de 2019 hasta el 13 de enero de 2019, a fi n de que los extranjeros de dieciocho (18) años de edad o más, residentes en el Perú por más de dos (02) años continuos previos al día del proceso electoral, puedan ejercer su derecho de sufragio en las Elecciones Municipales Complementarias 2019, para el domingo 07 de julio de 2019, de acuerdo al siguiente detalle: N.° DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 1 LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO MOLLEPATA2 ANCASH ANTONIO RAIMONDI MIRGASN.° DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 3 LIMA HUAROCHIRI SANGALLAYA4 CAJAMARCA CELENDIN HUASMIN5 CAJAMARCA CAJABAMBA CONDEBAMBA6 AYACUCHO LUCANAS CHIPAO7 HUANCAVELICA CASTROVIRREYNA HUACHOS8 HUANUCO YAROWILCA PAMPAMARCA9 PUNO SANDIA ALTO INAMBARI 10 AMAZONAS BAGUA ARAMANGO 11 LA LIBERTAD VIRU GUADALUPITO 12 LIMA CANTA LACHAQUI Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Secretarial a las Gerencias de Operaciones Registrales, Registros de Identi fi cación, de Tecnología de la Información, de Registro Electoral en lo que corresponda, de acuerdo a lo señalado en los artículos precedentes y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la misma. Regístrese, publíquese y cúmplase.RAFAEL RODRIGUEZ CAMPOS Secretario General 1728957-1 Disponen el cierre del Padrón Electoral para efecto del desarrollo de las Elecciones Municipales Complementarias 2019 a llevarse a cabo el día domingo 07 de julio de 2019 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000002-2019/JNAC/RENIEC Lima, 4 de enero del 2019VISTOS: La Resolución N° 3591-2018-JNE, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2018 del Jurado Nacional de Elecciones; el Decreto Supremo Nº 001-2019-PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de enero de 2019, la Hoja de Elevación Nº 000005-2019/GRE/RENIEC (03ENE2019) de la Gerencia de Registro Electoral, la Hoja de Elevación Nº 00005-2019/GRE/SGVDP/RENIEC (03ENE2019) y el Informe N° 000001-2019/GRE/SGVDP/RENIEC (03ENE2019) de la Sub Gerencia de Veri fi cación Domiciliaria y Procesamiento de la Gerencia de Registro Electoral; el Informe N° 000003-2019/GAJ/SGAJR/RENIEC (04ENE2019) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000007-2019/GAJ/RENIEC (04ENE2019) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme a lo dispuesto en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, el RENIEC se constituye como órgano integrante del Sistema Electoral; correspondiéndole, de acuerdo a lo establecido en el artículo 196° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y el artículo 7° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, preparar y mantener actualizado el padrón electoral sobre la base del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales - RUIPN, a emplearse en los procesos electorales convocados; Que conforme lo dispuesto por la Ley Nº 30673, Ley que modi fi ca la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas; la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones; la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales; y la Ley