Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2019 (16/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de febrero de 2019 /

El Peruano

INTERIOR
Autorizan viaje de personal del Ministerio a Chile, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 247-2019-IN Lima, 15 de febrero de 2019 VISTOS; el Oficio N°110-2019-SCG PNP/DIRASINTDIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 0003972019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Comunicación de fecha 05 de octubre de 2018, la Secretaría Ejecutiva del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras (CECIPU) extiende invitación a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a fin que el personal de la institución se incorporen en calidad de alumnos becarios a los diferentes cursos que se van a realizar durante el año 2019, en los Planteles Educacionales y Reparticiones Especializadas de Carabineros de Chile, ubicados en la ciudad de Santiago ­ República de Chile, entre ellos, el Curso de Investigación de Accidentes en el Transito Auxiliar, a realizarse del 25 de febrero al 31 de julio de 2019; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 19-2019-SUB COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú, Carlos José María Quispe Cortez, del 24 de febrero al 01 de agosto de 2019, a la ciudad de Santiago ­ República de Chile, para que participe en el curso mencionado, considerando que es importante porque le permitirá recibir asistencia técnica y profesional en los diferentes campos de la actividad funcional, lo que redundará en fortalecer sus capacidades, destrezas y habilidades, para hacer mejor y más eficaz la labor policial en nuestro país; Que, los conocimientos a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por estadía, alimentación, movilización, atención médica, seguro de vida, material de estudios y vestuario, son asumidos por el Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras (CECIPU), conforme lo precisa la comunicación de fecha 05 de octubre de 2018, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 194-2019-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE de fecha 22 de enero de 2019 del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada por Decreto Legislativo N° 1267 establece en su artículo 5 que: "El personal policial tiene los siguientes derechos: (...) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente (...)"; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden

las modalidades siguientes: - Misión de estudios (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, conforme lo establece el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, "la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento"; Que, adicionalmente los artículos 2 y 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establecen que: "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (...) Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú, Carlos José María Quispe Cortez, del 24 de febrero al 01 de agosto de 2019, a la ciudad de Santiago ­ República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Importe US$ 409.00 X Personas Total US$ 1 = 409.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas

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