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53 NORMAS LEGALES Jueves 21 de febrero de 2019 El Peruano / En tal sentido, el Consejo Directivo constituye dichos argumentos como parte integrante de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Por lo expuesto, y en virtud de las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Extraordinaria Nº 662-2019-CD-OSITRAN, de fecha 12 de febrero de 2019; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar fundado el recurso de reconsideración interpuesto por Lima Airport Partners S.R.L. contra la Resolución de Consejo Directivo Nº 039-2018-CD-OSITRAN, en base a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución de Consejo Directivo N° 039-2018-CD-OSITRAN. Artículo 3°.- Notifi car la presente Resolución a la Entidad Prestadora y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su condición de Concedente, dándose por agotada la vía administrativa. Artículo 4°.- Disponer la difusión de la presente Resolución en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Artículo 5°.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidente del Consejo Directivo 1742506-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas para la ejecución de diversos proyectos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 019-2019-CONCYTEC-P Lima, 19 de febrero de 2019 VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 001-2019-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 01-2019-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC- OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verifi car que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Veri fi car la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Veri fi car que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo; y iii) Verifi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, mediante el Proveído Nº 01-2019-FONDECYT- DE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita la aprobación del otorgamiento de las subvenciones a personas jurídicas privadas, por un importe total ascendente a S/ 1’211,840.00 (Un Millón Doscientos Once Mil Ochocientos Cuarenta y 00/100 Soles), a favor de los ganadores del concurso del Esquema Financiero E041-2018-01-BM “Subproyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico”, señalando que permitirá co fi nanciar los proyectos ganadores del referido concurso, para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 001-2019-FONDECYT- USM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar el otorgamiento de las subvenciones a personas jurídicas privadas, para el desarrollo de los proyectos señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta los Certi fi cados de Crédito Presupuestario N° 048-2019, 049-2019, 050-2019, 051-2019, 052-2019, 053-2019, 054-2019, 055- 2019, 056-2019, 058-2019, 059-2019 y 060-2019, y copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 109-2018-FONDECYT-DE, Nº 111-2018-FONDECYT- DE, Nº 112-2018-FONDECYT-DE, Nº 113-2018-FONDECYT-DE, Nº 114-2018-FONDECYT-DE, y Nº 127-2018-FONDECYT-DE, que aprueba los resultados del concurso del citado esquema fi nanciero; Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo veri fi cado el cumplimento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos en la Directiva para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las bases