Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (21/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Jueves 21 de febrero de 2019 / El Peruano Artículo 4.- Dejar sin efecto el literal f) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 003-2019-SUNEDU. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y encargar a la O fi cina de Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Superintendente 1743057-1 Designan Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Comunicaciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 031-2019-SUNEDU Lima, 20 de febrero de 2019VISTO:El Informe N° 032-2019-SUNEDU-03-10 de la O fi cina de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220– Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria–Sunedu como un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU, dispone que el/la Superintendente/a tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial N° 087-2015-MINEDU, y reordenado por Resoluciones de Superintendencia N° 055-2017-SUNEDU y N° 100-2018-SUNEDU, prevé el cargo estructural de Director de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Comunicaciones de la Sunedu como cargo de con fi anza; Que, resulta necesario designar al Director de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Comunicaciones de la Sunedu; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 21 de febrero de 2019, al señor Carlos Américo Novoa Shuña, en el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la O fi cina de Comunicaciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución a la Secretaría General, a la O fi cina de Recursos Humanos, a la O fi cina de Comunicaciones, y al señor Carlos Américo Novoa Shuña. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTIN BENAVIDES ABANTO Superintendente 1743059-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Convierten determinados órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Moquegua en Juzgados Civiles Permanentes de las provincias de Ilo y Mariscal Nieto RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 057-2019-CE-PJ Arequipa, 1 de febrero de 2019VISTO:El O fi cio N° 121-2019-P/CSJMO-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante O fi cio N° 891-2018-OPJ- CNPJ-CE/PJ de fecha 16 de noviembre de 2018, el Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 087-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ de la misma fecha, a través del cual informó, entre otros aspectos, que el Juzgado Mixto Permanente de la Provincia de Ilo, Corte Superior de Justicia de Moquegua, no tramitaba procesos penales; razón por la cual recomendó que este órgano jurisdiccional sea renombrado como Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Ilo. Segundo. Que, la Resolución Administrativa N° 309-2018-CE-PJ de fecha 12 de diciembre de 2018, dispuso en sus artículos tercero y quinto que el 2° Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Mariscal Nieto y el 2° Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Ilo, ambos de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, en adición a sus funciones se desempeñen como Juzgados Penales Liquidadores de dichas provincias con la misma competencia territorial; disponiéndose en los artículos cuarto y sexto de la misma resolución que los Juzgados Mixtos de las Provincias de Mariscal Nieto e Ilo, redistribuyan la carga procesal penal pendiente por liquidar a los referidos juzgados de investigación preparatoria de las mencionadas provincias. Tercero. Que, posteriormente, mediante O fi cio N° 121- 2019-P/CSJMO-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Moquegua ha solicitado la conversión del Juzgado Mixto de la Provincia de Mariscal Nieto y el Juzgado Mixto de la Provincia Ilo en Juzgados Civiles de las referidas provincias. Cuarto. Que, en virtud a lo expuesto en los considerandos precedentes, y al observarse que los Juzgados Mixtos de las Provincias de Ilo y Mariscal Nieto, Corte Superior de Justicia de Moquegua, no tramitan expedientes penales, este Órgano de Gobierno considera pertinente disponer su conversión en Juzgados Civiles de las mencionadas provincias, los cuales serán evaluados bajo un estándar de 600 expedientes anuales por tramitar expedientes en materia civil, constitucional y contencioso administrativo.