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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (23/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Sábado 23 de febrero de 2019 / El Peruano Aprueban la inclusión en el Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” a las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno, Del Santa, Sullana, Tacna y Ventanilla y aprueban otras disposiciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 085-2019-CE-PJ Lima, 20 de febrero de 2019VISTOS: Los O fi cios Nros. 34 y 45-2019-CR-PpRFAMILIA- PJ cursados por la doctora Judith Maritza Jesús Alegre Valdivia, Consejera Responsable del Programa Presupuestal “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” PP0067. CONSIDERANDO: Primero. Que la señora Consejera Responsable del Programa Presupuestal “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” PP0067, mediante el O fi cio N° 34-2019-CR-PpRFAMILIA-PJ pone a consideración de este Órgano de Gobierno el proyecto de inclusión en el ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” a las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno, Del Santa, Sullana, Tacna y Ventanilla. Asimismo, mediante O fi cio N° 45-2019-CR-PpRFAMILIA-PJ remite el O fi cio N° 275-2019-GG-PJ cursado por el señor Gerente General del Poder Judicial, que da cuenta de la factibilidad técnica del proyecto y recomienda que la ampliación del ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 se formalice a través de la respectiva resolución. Segundo. Que el Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los procesos judiciales de Familia” tiene por objeto ejecutar acciones para obtener el resultado especí fi co: “Celeridad en los procesos judiciales de familia”, a través de la implementación de medidas de mejora en los despachos judiciales, procedimientos administrativos, fortalecimiento de las competencias de los operadores y el fortalecimiento de los equipos multidisciplinarios. El referido Programa Presupuestal se estructura funcionalmente en productos y actividades y estos a su vez, en insumos (bienes y servicios) para el avance y logro de su resultado especí fi co, el cual es reportado mediante indicadores de desempeño y de metas físicas a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 002-2016-EF/50.01. Tercero. Que, es menester precisar que el Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los procesos judiciales de Familia” desde su creación tenía un ámbito de acción reducido de sólo diez Cortes Superiores de Justicia: Arequipa, Callao, Cusco, Huánuco, Junín, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Piura. Por lo que, la referida propuesta tiene por fi nalidad ampliar los bene fi cios del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los procesos judiciales de Familia” en diez Cortes Superiores de Justicia adicionales: Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno, Del Santa, Sullana, Tacna y Ventanilla. Cuarto. Que, en tal sentido, evaluada la referida propuesta, y estando a sus fi nes, y que además cuenta con la factibilidad técnica por parte de la Gerencia General del Poder Judicial, corresponde aprobar la inclusión en el ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” a las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno, Del Santa, Sullana, Tacna y Ventanilla. Por tales fundamentos; y en mérito al Acuerdo N° 249- 2019 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Ruidias Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención del señor Consejero Lama More por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inclusión en el ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” a las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno, Del Santa, Sullana, Tacna y Ventanilla. Artículo Segundo.- Establecer que a partir de la fecha el ámbito de acción del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” comprende a las Cortes Superiores de Justicia: Arequipa, Callao, Cusco, Huánuco, Junín, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Piura, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno, Del Santa, Sullana, Tacna y Ventanilla. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial continúe con las coordinaciones con el Responsable Técnico del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Callao, Cusco, Huánuco, Junín, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Piura, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno, Del Santa, Sullana, Tacna y Ventanilla; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1743885-6 Prorrogan la declaratoria de emergencia en la sede central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua ubicada en la provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 092-2019-CE-PJ Lima, 20 de febrero de 2019VISTOS:Las Resoluciones Administrativas N° 011-2019-P-CE- PJ, de fecha 11 de febrero de 2019, emitida por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y N° 079-2019-CE-PJ, del 13 de febrero de 2019, emitida por el Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como el O fi cio N° 00098-2019-JAV-CE-PJ, remitido por la señora doctora Judith Alegre Valdivia, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, el O fi cio N° 169-2019-P-CSJMO-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 011-2019-P-CE-PJ, del 11 de febrero de 2019, entre otras medidas administrativas, se declaró en emergencia la sede central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua ubicada en la provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua hasta el día miércoles 13 de febrero de 2019; por las intensas lluvias que afectan el normal desarrollo de los órganos jurisdiccionales y administrativos