Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2019 (23/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Sábado 23 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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al funcionario responsable de brindar la información que es solicitada en virtud de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, los artículos 15, 16 y 17 del referido Texto Único Ordenado establecen que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad, salvo que se trate de información calificada como secreta, reservada o confidencial; Que, los literales b) y c) el artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo N° 072-2003PCM y sus modificatorias, disponen que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público y designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, el artículo 4 del citado Reglamento señala que las entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; asimismo, dispone que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo adicionalmente colocar copia de la misma en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 022-2015-SUNAFIL, de fecha 03 de febrero de 2015, se designó al Intendente Regional y al Sub Intendente de Actuación Inspectiva como responsables titular y alterno, respectivamente, de brindar información de acceso público correspondiente a la SUNAFIL, en el ámbito de su Intendencia Regional, según lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, a través de la Resolución de Superintendencia N° 09-2018-SUNAFIL, de fecha 15 de enero de 2018, se designó a la Coordinadora del Equipo Funcional denominado Unidad de Trámite Documentario y Archivo como responsable de brindar la información de acceso público que se solicite a la SUNAFIL, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en adición sus funciones; Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 140-2016-SUNAFIL, de fecha 07 de diciembre de 2016, se designó, entre otros, al Jefe de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la SUNAFIL y, con Resolución de Superintendencia N° 60-2017-SUNAFIL, de fecha 17 de marzo de 2017, se dejó sin efecto las Resolución de Superintendencia N° 140-2016-SUNAFIL; Que, a través de los documentos de vistos, el Despacho del Superintendente señala que conforme al Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, la SUNAFIL se encuentra organizado por una Sede Central y veintiséis Órganos Desconcentrados (Intendencia de Lima Metropolitana e Intendencias Regionales); por lo que se requiere designar a los responsables de entregar la información pública tanto de la Sede Central como de los Órganos Desconcentrados de la entidad, así como designar al responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la entidad, dejándose sin efecto las Resoluciones de Superintendencia N° 022-2015-SUNAFIL y N° 09-2018-SUNAFIL; por lo que corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Gerente General, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0432003-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y sus modificatorias; así

como la Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado con Decreto Supremo N° 009-2013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Superintendencia N° 022-2015-SUNAFIL y N° 09-2018-SUNAFIL. Artículo 2.- Designar al/la Coordinador/a del Equipo Funcional de Integridad Institucional dependiente de la Gerencia General de la SUNAFIL como responsable de entregar la información de acceso público a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, en el ámbito de la Sede Central de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL. Artículo 3.- Designar al/la Sub Intendente/a Administrativo/a de la Intendencia de Lima Metropolitana de la SUNAFIL como responsable de entregar la información de acceso público a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, en el ámbito de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL. Artículo 4.- Designar al/la Sub Intendente/a Administrativo/a de cada una de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL como responsable de entregar la información de acceso público a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, en el ámbito de su respectivo Órgano Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL. Artículo 5.- Designar al/la Jefe/a de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la SUNAFIL como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL. Artículo 6.- Notificar la presente resolución a los responsables designados en los artículos 2, 3, 4 y 5 precedentes. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral 1743531-2

Designan responsables del Libro de Reclamaciones de la Sede Central, de la Intendencia de Lima Metropolitana y de los órganos desconcentrados de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 085-2019-SUNAFIL Lima, 21 de febrero de 2019 VISTOS: El Memorándum N° 37-2019-SUNAFIL/DS, de fecha 18 de febrero de 2019, del Despacho del Superintendente; el Informe N° 047-2019-SUNAFIL/GG-OGAJ, de fecha 20 de febrero de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral

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