Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2019 (28/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de junio de 2019 /

El Peruano

Que, mediante el Decreto Supremo N° 063-2010-PCM, se aprobó la implementación del Portal de Transparencia estándar en las entidades de la administración pública, herramienta informática que contiene formato estándares bajo los cuales cada entidad registrará y actualizará su información de gestión de acuerdo a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y a los plazos establecidos en ella, sin perjuicio de la información adicional que la Entidad considere pertinente publicar; Que, la Directiva N° 001-2017-PCM-SGP "Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Publica", aprobada por Resolución Ministerial N° 035-2017PCM, contiene formatos estándares con información obligatoria a difundir por la Entidad, complementarios a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública y su Reglamento. El artículo 7 de la Directiva citada señala que su implementación recae en el funcionario responsable de la elaboración y actualización de la información en el Portal de Transparencia Estándar; Que en ese sentido, resulta necesario designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, en el marco de lo dispuesto por la normativa citada; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806-Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 070-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 063-2010-PCM, que aprobó la implementación del Portal de Transparencia estándar en las entidades de la administración pública; el Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, que crea el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL; y, la Resolución Ministerial N° 146-2019-MTC/01, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Eduardo Robert Melgar Córdova, Asesor II, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Programa Nacional de Telecomunicaciones-PRONATEL. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL GARCIA LOLI Director Ejecutivo Programa Nacional de Telecomunicaciones PRONATEL 1782736-1

Memorándum N° 0280-2019-APCI/OPP del 18 de junio de 2019 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 0162-2019-APCI/OAJ del 24 de junio de 2019 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los beneficios tributarios que la ley establece; Que, con Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, el cual establece la estructura orgánica, así como las funciones de los órganos y unidades orgánicas de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0452/RE2018, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de agosto de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, que contó con la opinión técnica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) emitida con Informe Técnico Nº 111-2018-SERVIR/GDSRH y comunicada a través del Oficio Nº 375-2018-SERVIR/PE del 05 de junio de 2018; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 063-2019/APCI-DE publicada el 20 de mayo de 2019 en el Diario Oficial El Peruano se reordenó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la APCI; Que, la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, establece las reglas para la aprobación y reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional; Que, el numeral 7.5 de la precitada Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH establece que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del Sector Público al Régimen del Servicio Civil, previsto en la Ley N° 30057; Que, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "n° de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; Que, asimismo, el citado numeral 5 dispone que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces; Que, con Informe N° 0267-2019-APCI/OGA-UAP del 18 de junio de 2019, la Unidad de Administración de Personal (UAP) de la Oficina General de Administración (OGA) emite opinión técnica favorable a la propuesta de reordenamiento de CAP-Provisional; concluyendo que la variación de la clasificación de los cargos de Director(a) de los órganos de línea de "Servidor Público-Directivo Superior" (SP-DS) a "Empleado de Confianza" (EC) respeta el límite porcentual del 5%, no aumenta el número total de cargos en la entidad,

ORGANISMOS EJECUTORES

AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la APCI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 078-2019/APCI-DE Miraflores, 26 de junio de 2019 VISTOS: El Informe N° 0267-2019-APCI/OGA-UAP del 18 de junio de 2019 de la Unidad de Administración de Personal; el Memorándum N° 0511-2019-APCI/OGA del 18 de junio de 2019 de la Oficina General de Administración; el

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