Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2019 (01/03/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

62

NORMAS LEGALES

Viernes 1 de marzo de 2019 /

El Peruano

Aprueban el proyecto "Sistema de Gestión Documental - SGD para el Poder Judicial"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 091-2019-CE-PJ Lima, 20 de febrero de 2019 VISTOS: Los Oficios Nros. 1332 y 1672-2019-SG-CS-PJ cursados por el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República remite los Oficios Nros. 225 y 313-2019-GG-PJ por los cuales el Gerente General del Poder Judicial presenta el Informe Técnico del Proyecto "Sistema de Gestión Documentaria-SGD para el Poder Judicial"; e informe complementario sobre dicho tema. Segundo. Que el referido proyecto tiene cuatro objetivos: 1) Mejorar y optimizar la gestión documentaria del Poder Judicial, a través de la transformación digital del trámite documentario. 2) Contar con una solución informática que permita dotar a los usuarios de la información oportuna, confiable y segura; para lo cual se hace uso de la tecnología de la firma digital. 3) Optimización del tiempo de atención de los documentos entre las dependencias de la institución. 4) Disminución de costos en cuanto al traslado de documentos y la emisión de documentos en físico. Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26) del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; por lo que resulta pertinente aprobar la propuesta presentada. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 262-2019 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Ruidias Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención del señor Consejero Lama More por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el proyecto "Sistema de Gestión Documental­SGD para el Poder Judicial", que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Articulo Segundo.- Disponer que las dependencias y órganos del sistema administrativo de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República y Oficinas de Administración de las Cortes Superiores de justicia a nivel nacional, brinden las facilidades para la ejecución e implementación del referido proyecto. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1745672-2

Amplían competencia territorial de órganos jurisdiccionales al distrito de San Luis y modifican su denominación como Juzgados de Paz Letrados Mixtos Permanentes de los Distritos de La Victoria y San Luis, Corte Superior de Justicia de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 097-2019-CE-PJ Lima, 27 de febrero de 2019 VISTO: El Oficio N° 077-2019-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe N° 010-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante Oficio Nº 212-2019-P-CSJLI-PJ, sobre la base del Informe N° 003-2019-CEP-UPD-CSJLIPJ, elaborado por el Coordinador de Estudios y Proyectos de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, y con la conformidad de la Comisión Distrital de Productividad Judicial de la referida Corte Superior, según consta en la fotocopia del Acta de fecha 14 de febrero de 2019, solicitó ampliar la competencia territorial de los Juzgados de Paz Letrados Mixtos del Distrito de La Victoria, con el objetivo de anexar en su jurisdicción territorial al Distrito de San Luis, conformándose los Juzgados de Paz Letrados de los Distritos de La Victoria y San Luis. Segundo. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial mediante Oficio N° 077-2019-OPJ-CNPJ-CEPJ elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 010-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual informó lo siguiente: a) El Distrito de La Victoria cuenta con el 1°, 2°, 3°, 4° y 5° Juzgados de Paz Letrados Mixtos y el 6° Juzgado de Paz Letrado de Comisaría, el cual tramita procesos por faltas. Al mes de diciembre de 2018, los cinco Juzgados de Paz Letrados Mixtos Permanentes de La Victoria obtuvieron un ingreso promedio anual de 1,084 expedientes. Por lo que, al adicionarse la carga inicial promedio de 610 expedientes, su carga procesal promedio llegó a 1,694 expedientes, cifra que al no superar la carga máxima de 2,040, evidenció una situación de carga "Estándar". b) El Distrito de San Luis cuenta con un Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente, el cual al mes de diciembre de 2018 obtuvo una carga procesal de 3,394 expedientes y considerando que la carga máxima para un juzgado de paz letrado es de 2,040, evidenció una situación de "sobrecarga" procesal. c) Al promediarse el ingreso y carga procesal que registraron los cinco juzgados de paz letrados mixtos del Distrito de La Victoria y el Juzgado de Paz Letrado Mixto del Distrito de San Luis al mes de diciembre de 2018, éstos ascendieron a 1,190 y 1978 expedientes; y considerando que la carga máxima para un juzgado de paz letrado es de 2,040 expedientes, indicaría que dichos órganos jurisdiccionales se encuentran en situación de "Subcarga" o carga "Estándar" respectivamente; razón por la cual podría incluirse dentro de la competencia territorial del 1°, 2°, 3°, 4° y 5° Juzgados de Paz Letrados del Distrito de La Victoria al Distrito de San Luis, conformando en su conjunto los Juzgados de Paz Letrados Mixtos Permanentes de los Distritos de La Victoria y San Luis. Tercero. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 2862019 de la novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.