Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2019 (01/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de marzo de 2019 /

El Peruano

Que, por Resolución Suprema Nº 121-2018-IN del 23 noviembre del 2018 se encargó al Mag. Charles Hallenbeck Fuentes en el cargo de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, el Intendente Nacional tiene entre sus funciones conducir la gestión de los recursos humanos, tecnológicos y financieros para el logro de los objetivos y funcionamiento de la INBP, así como designar y remover a los funcionarios, directivos públicos y servidores de confianza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 0972018-INBP, de fecha 27 de junio del 2018, se designó al Licenciado WALTER MEDINA GARAMENDI en el cargo de confianza de Sub Director de la Sub Dirección de Instrucción de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación a que se refiere el considerando precedente y designar a la persona que asumirá dicho cargo en su reemplazo, el cual es considerado de confianza dentro del clasificador de cargos considerados como Empleados de Confianza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que mediante Nota Informativa Nº 161-2019-INBP/ OA/URH, la Unidad de Recursos Humanos, señala que el personal propuesto para asumir el cargo de Sub Director de la Sub Dirección de Instrucción de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, cumple con los requisitos mínimos establecidos en el clasificador de cargo vigente; Que, el Intendente Nacional tiene entre sus funciones conducir la gestión de recursos humanos, tecnológicos y financieros para el logro de los objetivos y funcionamiento de la INBP, así como designar y remover a los funcionarios

directivos públicos y servidores de confianza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, de conformidad con el artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la INBP el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejerce las funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad, tiene entre sus funciones aprobar y emitir las disposiciones normativas que le corresponda, así como emitir resoluciones de Intendencia en el ámbito de su competencia; Que, en uso de las facultades de las que está investido el Representante Legal de la Institución de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1260 y en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la INBP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN; y con el visto bueno de la Gerencia General, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Administración y la Unidad de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA la designación del Licenciado WALTER MEDINA GARAMENDI en el cargo de confianza de Sub Director de la Sub Dirección de Instrucción de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución, debiendo proceder a la entrega de cargo conforme a las normas de orden administrativo, bajo responsabilidad. Artículo 2º.- DESIGNAR, al señor MARIO GEORGE CASARETTO GAMONAL en el cargo de confianza de Sub Director de la Sub Dirección de Instrucción de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú.

COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las diversas entidades públicas que a partir del 1 de octubre del año 2018, para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva "unidad de almacenamiento" o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto en formato Word y si incluye gráficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente ­ PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga).

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