Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2019 (01/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de marzo de 2019 /

El Peruano

2018, emitida por el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (en adelante, TRASU), que resolvió declarar fundado en parte el Recurso de Reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 1 del TRASU, de fecha 6 de noviembre de 2018, que impuso una multa de setenta y nueve punto sesenta y ocho (79.68) Unidades Impositivas Tributarias (en adelante, UIT) por la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 13° del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones1 (en adelante RFIS), al haber incumplido con lo dispuesto en las Resoluciones emitidas por el TRASU; (ii) El Informe Nº 040-GAL/2019 del 14 de febrero de 2019, de la Gerencia de Asesoría Legal, que adjunta el proyecto de Resolución del Consejo Directivo que resuelve el Recurso de Apelación, y; (iii) El Expediente Nº 0002-2018/TRASU/ST-PAS. CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES 1.1. Mediante cartas C. 00121-TRASU/2018 de fecha 12 de febrero de 2018 y C. 00894-TRASU/2018 de fecha 31 de mayo de 2018, notificadas el 13 de febrero y 8 de junio de 2018, respectivamente, la Secretaría Técnica del TRASU (en adelante ST-TRASU) comunicó a ENTEL el inicio y la ampliación de un Procedimiento Administrativo Sancionador (en adelante, PAS), por la presunta comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 13° de RFIS, al haber incumplido con lo dispuesto por el TRASU en once (11) resoluciones que corresponden al semestre de marzo a agosto de 2016, como se detalla a continuación2: Cuadro Nº 1
N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Expediente Procedimiento de Atención de Reclamos N° 0006200-2016/TRASU/ST-RQJ N° 0009235-2016/TRASU/ST-RQJ N° 0014272-2016/TRASU/ST-RQJ N° 0014575-2016/TRASU/ST-RQJ N° 0014996-2016/TRASU/ST-RQJ N° 0016478-2016/TRASU/ST-RQJ N° 0028903-2016/TRASU/ST-RA N° 0046138-2016/TRASU/ST-RA N° 0010923-2017/TRASU/ST-RQJ N° 0008274-2017/TRASU/ST-RQJ N° 0094308-2017/TRASU/ST-RA

1.7. Mediante Resolución Nº 2 del TRASU de fecha 17 de diciembre de 2018, notificada el 18 de diciembre de 2018, el Tribunal del TRASU resolvió lo siguiente: "Artículo 1°: Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de reconsideración presentado por ENTEL PERÚ S.A., de conformidad con los fundamentos expuestos en la presente Resolución; en consecuencia, se archivan del presente procedimiento los expedientes N 14996-2016/ TRASU/ST-PAS, 46138-2016/TRASU/ST-PAS y 943082017/TRASU/ST-PAS y se CONFIRMA EN PARTE la Resolución N° 1 del 6 de noviembre de 2018 en el extremo que sancionó a ENTEL PERÚ S.A. por el incumplimiento de la resoluciones N° 6200-2016/TRASU/ST-RQJ, 0010923-2017/TRASU/ST-RQJ, 008274-2017/TRASU/ ST-RQJ, 0014272-2016/TRASU/ST-RQJ, 9235-2016/ TRASU/ST-RQJ, 14575-2016/TRASU/ST-RQJ, 164782016/TRASU/ST-RQJ y 28903-2016/TRASU/ST-RA, que constituye la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 13° del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones. Artículo 2°: CONFIRMAR la sanción de multa impuesta en la Resolución N° 1 del 6 de noviembre de 2018 ascendente a setenta y nueve punto sesenta y ocho (79.68) unidades impositivas tributarias (UIT)." 1.8. El 11 de enero de 2019, ENTEL interpuso Recurso de Apelación contra la Resolución Nº 2 del TRASU de fecha 17 de diciembre de 2018. 1.9. Con fecha 21 de febrero de 2019 ENTEL hizo uso de la palabra ante el Consejo Directivo. II. VERIFICACION DE REQUISITOS ADMISIBILIDAD Y PROCEDENCIA DE

De conformidad con el artículo 27º del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, aprobado por Resolución N° 087-2013-CD/OSIPTEL, y los artículos 218º y 220º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 3 (en adelante, TUO de la LPAG), corresponde admitir y dar trámite al Recurso de Apelación interpuesto por ENTEL, al cumplirse los requisitos de admisibilidad y procedencia contenidos en las citadas disposiciones. III. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE APELACIÓN Los principales argumentos de ENTEL son los siguientes: 3.1 Se habría efectuado una valoración insuficiente de los medios probatorios, vulnerándose el Derecho al Debido Procedimiento. 3.2 Se habría vulnerado el Principio de Razonabilidad al momento de la graduación de la sanción. 3.3 Se habría vulnerado el Principio de Razonabilidad debido a que la sanción de multa impuesta es desproporcional. IV. ANÁLISIS 4.1. Respecto a que se efectuó una valoración insuficiente de los medios probatorios, vulnerándose el Derecho al Debido Procedimiento. Señala ENTEL que en su Recurso de Reconsideración realizó el aporte de medios probatorios ­con relación a siete (7) casos- que acreditaban que cumplió con lo resuelto por el TRASU y que, en aquellos casos en los que no fue posible cumplir con lo resuelto por el TRASU, se debió a que los reclamantes no colaboraron con las acciones que desplegó para su cumplimiento. Cuestiona ENTEL que, a pesar de ello, el TRASU resolvió en cuatro (4) de los siete (7) casos que los medios probatorios aportados eran insuficientes para acreditar su cumplimiento. En ese sentido, corresponde a esta instancia analizar lo señalado por ENTEL y analizar los medios probatorios presentados; por lo que, en el siguiente cuadro se muestra el análisis efectuado a los cuatro (4) casos mencionados por la empresa operadora:

Fuente: Expediente Nº 0002-2018/TRASU/ST-PAS.

1.2. Mediante las cartas N° EGR-351/18 y N° EGR767/2018, recibidas el 6 de marzo y 15 de junio de 2018, respectivamente, ENTEL presentó sus descargos y solicitó el uso de la palabra. 1.3. Mediante carta N° 1891-TRASU/2018, notificada el 17 de octubre de 2018 se comunicó a ENTEL la programación del informe oral para el día 25 de octubre de 2018. 1.4. El 25 de octubre de 2018, ENTEL presentó sus descargos al Informe Final de Instrucción. 1.5. Mediante Resolución Nº 1 del TRASU de fecha 6 de noviembre de 2018, notificada el 7 de noviembre de 2018, el TRASU resolvió sancionar a ENTEL con una multa ascendente a setenta y nueve punto sesenta y ocho (79.68) unidades impositivas tributarias (UIT), por la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 13° del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, por el incumplimiento de las resoluciones emitidas en once (11) expedientes. 1.6. El 28 de noviembre de 2018, ENTEL interpuso Recurso de Reconsideración contra la Resolución Nº 1 del TRASU de fecha 6 de noviembre de 2018.

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