Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2019 (07/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 7 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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y Gestión de Inversiones, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF, establece en su numeral 9.1 del artículo 9, que el Órgano Resolutivo es el Ministro; Que, la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, establece en el numeral 45.2 del artículo 45, que el Órgano Resolutivo del Sector conformará un comité de seguimiento de inversiones encargado de efectuar el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones de la entidad. Asimismo, este comité está conformado por las UEI y otros órganos o dependencias de cada entidad a fin de que brinden la información sobre el avance de la ejecución de las referidas inversiones con una periodicidad mensual; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 15672017-DE/SG modificada por Resolución Ministerial N° 1844-2018-DE/SG y Resolución Ministerial N° 18772018-DE/SG, se designó a las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Defensa, y sus responsables Del mismo modo, mediante la Resolución Ministerial N° 6892017 DE/SG, modificada por la Resolución Ministerial N° 1216-2017 DE/SG, y la Resolución Ministerial N° 0172018 DE/SG, se designó a las Unidades Formuladoras del Sector Defensa, y sus responsables; Que, de conformidad con los artículos 14, 79 y 81 del Reglamento de Organización y Funciones del MINDEF, el Viceministro de Recursos para la Defensa es la autoridad inmediata al Ministro de Defensa encargado de la conducción de la actividad funcional del Sector Defensa en los ámbitos de las políticas de recursos materiales, humanos, presupuestales y de gestión administrativa para la defensa. De igual modo, establece que la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, es el órgano de línea encargado de asesorar en el ámbito institucional y sectorial, de acuerdo a la normatividad vigente, así como conducir, coordinar y facilitar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública y modernización de la gestión pública en lo que corresponda; Que, conformidad con lo establecido en el capítulo VI y el artículo 91 del precitado Reglamento, los Órganos Ejecutores que conforman el Ministerio de Defensa son el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y las Instituciones Armadas, y los Organismos Públicos dentro de los cuales están: el Instituto Geográfico Nacional (IGN), la Escuela Nacional de Marina Mercante (ENAMM), la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA), la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (ACFFAA), el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); y, el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED), que fue adscrito al Ministerio de Defensa de acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo N° 018-2017-PCM; Que, es necesario realizar el seguimiento de las inversiones del Sector Defensa, con la participación activa de los órganos del Ministerio de Defensa conformantes del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como de los órganos y dependencias involucrados en la ejecución de inversiones durante el presente año fiscal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1252 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa aprobado por Decreto Legislativo 1134 y su Reglamento , aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 402-2018-DE/SG, de fecha 28 de marzo de 2018. Artículo 2.- Conformar el Comité de Seguimiento

de Inversiones del Sector Defensa, con los siguientes miembros: a. Viceministro de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa, quien la Presidirá. b. Director General de Planeamiento y Presupuesto, quien será Vicepresidente. c. Director de Programación de Inversiones, OPMI del Sector Defensa, quien será Secretario Técnico. d. Director de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto. e. Responsables de los Órganos Ejecutores y Organismos Públicos del Sector Defensa, de acuerdo al numeral 45.2 del artículo 45 de la Directiva 0012019EF/63.01. Artículo 3.- El Comité conformado en el artículo precedente, se encargará de efectuar el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones del Sector Defensa, dicha implementación estará a cargo de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Dirección de Programación de Inversiones. Artículo 4.- Disponer que el referido Comité se instalará en el plazo de un (01) día hábil a partir de la emisión de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1747177-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefe de la Unidad de Cumplimiento de Corresponsabilidades del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"
PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MÁS POBRES "JUNTOS" RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 044-2019-MIDIS/PNADP-DE Lima, 5 de marzo de 2019 VISTOS: El Memorando N° 000126-2018-MIDIS/PNADP-DE del 04 de marzo de 2019 emitido por la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 000079-2019-MIDIS/PNADP-URH del 05 de marzo de 2019 emitido por la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° 000101-2019-MIDIS/PNADPUAJ del 05 de enero de 2019 de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 032-2005PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 062-2005PCM y el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS, se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", el cual tiene por finalidad ejecutar transferencias directas en beneficio de los hogares en condición de pobreza, priorizando progresivamente su intervención en los hogares rurales a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 278-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 079-2018-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS";

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