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53 NORMAS LEGALES Viernes 8 de marzo de 2019 El Peruano / Proyecto, conforme con lo dispuesto en el articulo 5 del mencionado Decreto Legislativo. Articulo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas. El Régimen de recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas al que se re fi ere el Artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión, comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción que se señala en el Anexo I de la presente Resolución, siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del proyecto al que se re fi ere el Contrato de Inversión. Para determinar el bene fi cio antes indicado se considerarán las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 28 de setiembre del 2016 hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a las que se refi ere el articulo anterior. Articulo 5.- Aprobación de la lista de servicios y contratos de construcción 5.1. Aprobar la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción presentada por la empresa Concesionaria Peruana de Vías – COVINCA S.A., para su acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el Proyecto denominado “Tramo Vial Desvío Quilca – Desvío Arequipa (Repartición) – Desvío Matarani – Desvío Moquegua – Desvío Ilo – Tacna – La Concordia”, la misma que se encuentra aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas y que en Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. 5.2. La Lista de bienes, servicios y contratos de construcción, se incluirá como Anexo I al Contrato de Inversión y podrá ser modi fi cada a solicitud de la empresa Concesionaria Peruana de Vías – COVINCA S.A. de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.1 del Articulo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF. Articulo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíqueseEDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo I I ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN VINCULADAS A: 1 Contrato de Obra Civil a Suma Alzada para la ejecución del proyecto. 1747630-3 Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM de las localidades del departamento de Ica RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 143-2019-MTC/03 Lima, 19 de febrero de 2019 VISTO, el Informe N° 0324-2019-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 082-2004- MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Ica; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 0324-2019-MTC/28, propone la incorporación de la localidad de CHAVIN a los planes de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Ica; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 082-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades del departamento de Ica, a fi n de incorporar el plan de la localidad de CHAVIN; conforme se indica a continuación: Localidad: CHAVIN Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 202 88.3 228 93.5 250 97.9 256 99.1 280 103.9 294 106.7 - Total de canales: 6- La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en el Plan de Asignación de Frecuencias aprobado. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES Viceministra de Comunicaciones 1747416-1