Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2019 (12/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 12 de marzo de 2019 /

El Peruano

de la Información, mediante los documentos indicados en los Vistos, han manifestado su conformidad con el proyecto de Directiva; Que, el Consejo Directivo de la Sunarp en su Sesión N° 364 del 27 de febrero de 2019, en ejercicio de la facultad conferida por el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, acordó aprobar por unanimidad la Directiva que regula la expedición de publicidad registral de título archivado electrónico; Estando a lo acordado y, de conformidad con la facultad conferida por el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; contando con el visado de la Gerencia General, Dirección Técnica Registral, Oficina General de Tecnologías de la Información y Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobación de Directiva. Aprobar la Directiva N° 02 -2019-SUNARP/SN, "Directiva que regula la expedición de publicidad registral de título archivado electrónico". Artículo Segundo.- Dejar sin efecto. Dejar sin efecto la Resolución N° 037-2016-SUNARP/ SN que aprueba la Directiva N° 02-2016-SUNARP/SN, "Directiva que regula la expedición de los documentos electrónicos con firma digital para brindar el servicio de publicidad registral". Artículo Tercero.- Entrada en vigencia. Las disposiciones contenidas en los Artículos Primero y Segundo entran en vigencia a los 60 días calendario, contados a partir de la fecha de la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial "El Peruano". MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA Superintendente Nacional de los Registros Públicos DIRECTIVA N° 02-2019-SUNARP/SN "DIRECTIVA QUE REGULA LA EXPEDICIÓN DE PUBLICIDAD REGISTRAL DE TÍTULO ARCHIVADO ELECTRÓNICO" I. OBJETO Regular la expedición de publicidad registral de documentos que forman parte del título archivado electrónico con valor legal. II. FINALIDAD Brindar de forma eficiente, segura e inmediata el servicio de publicidad registral de documentos que forman parte del título archivado electrónico a través de la visualización, copia informativa o certificado literal. III. BASE LEGAL 3.1. Ley N° 26366, Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. 3.2. Decreto Legislativo N° 681, Decreto Legislativo que dicta las normas que regulan el uso de tecnología avanzada en materia de archivo de documentos e información tanto respecto a la elaborada en forma convencional, cuanto a la producida por procedimientos informáticos en computadoras. (En adelante, Decreto Legislativo N° 681). 3.3. Decreto Legislativo N° 827, Decreto Legislativo que amplían los alcances del Decreto Legislativo N° 681 a las entidades públicas a fin de modernizar el sistema de archivos oficiales. 3.4. Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales. (En adelante, Ley N° 27269).

3.5. Decreto Supremo N° 009-92-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 681. 3.6. Decreto Supremo N° 052-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales. 3.7. Decreto Supremo N° 070-2011-PCM, Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, y establece normas aplicables al procedimiento registral en virtud del Decreto Legislativo N° 681 y ampliatorias. 3.8. Decreto Supremo N° 026-2016-PCM, Decreto Supremo que aprueba las medidas para el fortalecimiento de la infraestructura oficial de firma electrónica y la implementación progresiva de la firma digital en el Sector Público y Privado. 3.9. Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 126-2012-SUNARP/SN, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos. 3.10. Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 234-2014-SUNARP/SN, que aprueba la Directiva N° 004-2014-SUNARP/SN sobre presentación electrónica del parte notarial con firma digital, en el marco de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica. 3.11. Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 281-2015-SUNARP/SN, que aprueba el Reglamento del Servicio de Publicidad Registral. 3.12. Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 037-2016-SUNARP/SN, que aprueba la Directiva N° 02-2016-SUNARP/SN que regula la expedición de los documentos electrónicos con firma digital para brindar el servicio de publicidad registral. IV. ALCANCE Las disposiciones de esta directiva son de ámbito nacional y de aplicación en todos los órganos desconcentrados de la SUNARP. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. Definiciones.Para los efectos de la presente directiva, se consideran las siguientes definiciones: a) Certificado Literal.- Servicio que consiste en la reproducción impresa, total o parcial, del título archivado electrónico en cuyo soporte papel incluye un código de verificación y un código QR para su ulterior consulta, así como la firma o rúbrica del servidor competente en la hoja u hojas que conforman el certificado. b) Copia Informativa.- Servicio que consiste en la reproducción impresa, total o parcial, del título archivado electrónico en cuyo soporte papel incluye un sello o indicación de que aquella información proviene del sistema informático de la SUNARP. c) Código de verificación.- Conjunto de datos numéricos que permite constatar la autenticidad del documento reproducido en soporte papel mediante el acceso al archivo electrónico desde el portal institucional de la SUNARP. d) Código QR.- Conjunto de datos expresados en barras bidimensionales que contiene un acceso directo a la imagen del documento reproducido en soporte papel desde el portal institucional de la SUNARP. e) Sistema de Caja Única Nacional (SCUNAC).Software que permite a los servidores de caja recibir, cobrar y entregar el resultado de determinados servicios registrales, entre ellos, la publicidad registral sujeta a rogatoria verbal y entrega inmediata. f) Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP).- Plataforma virtual que permite la presentación al registro del parte electrónico con la firma digital del notario público. g) Título archivado electrónico.- Conjunto de documentos electrónicos con valor legal que se encuentran almacenados en los Sistemas Informáticos de la SUNARP conforme a los procedimientos previstos en el Decreto Legislativo N° 681 y la Ley N° 27269, los

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