Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2019 (12/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Martes 12 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

79

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban Cronograma de Realización Trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias para la Primera y Segunda Sala Penal de Apelación de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, para el año 2019
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 61-2019-P-CSJV/PJ

Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma de Realización Trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias para la Primera y Segunda Sala Penal de Apelación de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, para el año 2019, las mismas que se efectuarán en las fechas detalladas a continuación:
PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES TRIMESTRE Primer Trimestre Segundo Trimestre Tercer Trimestre Cuarto Trimestre FECHA 27 de marzo de 2019; 11:00 am. 26 de junio de 2019; 11:00 am. 25 de setiembre de 2019; 11:00 am. 18 de diciembre de 2019; 09:00 am.

SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES TRIMESTRE FECHA 27 de marzo de 2019; 09:00 am. 26 de junio de 2019; 09:00 am. 25 de setiembre de 2019; 09:00 am. 20 de diciembre de 2019; 09:00 am. Primer Trimestre Segundo Trimestre Tercer Trimestre Cuarto Trimestre

Ventanilla, seis de febrero de dos mil diecinueve.VISTOS: Decreto Ley N° 25476, Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ, Oficio ADM N° 02-2018-02°SPA/CSJV, Oficio N° 02-2019-1°SPA-CSJV/ PJ; y, CONSIDERANDO PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto Ley N° 25476, las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República realizarán una Audiencia Pública Extraordinaria con la asistencia del Fiscal respectivo en la que se procederá con lo señalado en la citada norma; asimismo, según prescribe el artículo 2 de la norma en mención, son los Presidentes de las Corte Superiores quienes aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por la ley, y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. SEGUNDO: En este sentido, mediante Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ, de fecha 10 de marzo de 2011, se aprobó el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, el mismo que en su artículo 1 indica: "Solo rige para aquellos Distritos Judiciales en los que no está en vigencia integralmente el Nuevo Código Procesal Penal. También comprende a los Juzgados y Salas Penales Liquidadoras de los Distritos Judiciales en los que está en vigor el Nuevo Código Procesal Penal". TERCERO: Mediante Resolución Administrativa N° 001-2019-P-CSJV/PJ, de fecha dos de enero de dos mil diecinueve, emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, se dispuso la conformación de las Salas Superiores de esta Corte Superior de Justicia para el presente año judicial; siendo la Primera Sala Penal de Apelaciones y la Segunda Sala Penal de Apelaciones, las competentes para conocer, en adición a sus funciones, los procesos penales bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940. CUARTO: Bajo dicho marco normativo, mediante Oficio ADM N° 02-2018-02°SPA/CSJV de fecha 31 de enero de 2019, la señora doctora Ana Mirella Vásquez Bustamante, Presidenta de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla, remitió el cronograma de realización trimestral de las Audiencias Públicas Extraordinarias correspondientes al año 2019. Asimismo, mediante Oficio N° 02-2019-1°SPA-CSJV/ PJ, de fecha 1 de febrero de 2019, cursado por el señor Secretario de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla, remitió por especial encargo de la Presidencia de la citada Sala Superior, la propuesta de cronograma de las Audiencias Públicas Extraordinarias, correspondiente al año 2019. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla.

Artículo Segundo.- DISPONER que los Juzgados Especializados en lo Penal de esta Corte Superior de Justicia cumplan con elevar a las Salas Superiores indicadas, los informes sobre procesos penales a que se refiere el artículo 3 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Presidencia de la Primera y Segunda Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y Magistrados interesados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1748534-1

Reconforman el colegiado de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 101-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, cuatro de marzo de dos mil diecinueve.VISTOS: El Oficio N° 2244-2019-CE-PJ, cursado el 27 de febrero de 2019; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante el oficio del visto, el Mg. Luis Alberto Mera Casas, Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pone en conocimiento la resolución expedida por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que otorga licencia con goce de haber a la señora doctora Ana Mirella Vásquez Bustamante, Presidenta de la Segunda Sala Penal de Apelaciones, a fin de que participe en la capacitación especializada sobre proceso penal acusatorio y mejor procesamiento de casos complejos vinculados a la corrupción de funcionarios y criminalidad organizada, que se desarrollará en el Instituto de Estudios Judiciales de Puerto Rico, del 4 al 8 de marzo de 2019.

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