Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2019 (12/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Martes 12 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Aprueban segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la contratación de sociedad de auditoría
RESOLUCIÓN Nº 042-2019-P/JNE Lima, 7 de marzo de 2019 VISTOS, el Informe Presupuestal Nº 0026-2019-DGPID/ JNE de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, y el Informe Nº 041-2019-DGNAJ/JNE de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos. CONSIDERANDO: Que, para efectos de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, artículo 20 - dispositivo modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, Ley Nº 30742 - las sociedades de auditoría son personas jurídicas contratadas por la Contraloría General de la República, para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a estas. El artículo 20 de la Ley Nº 27785, prevé la autorización para que el Jurado Nacional de Elecciones, mediante resolución aprobatoria del titular del pliego que se publicará en el diario oficial El Peruano ­ y previo informe favorable de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo ­ realice la transferencia financiera, con cargo a su presupuesto institucional, a favor de la Contraloría General de la República, previa solicitud de dicho ente, para cubrir los gastos derivados de la contratación de las sociedades de auditoría. En la Resolución de Contraloría Nº 432-2018-CG, se aprueba el Tarifario, cuya entrada en vigencia es a partir del día hábil siguiente a la publicación en el diario oficial, que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que se debe transferir a la Contraloría General de la República. En virtud de la solicitud contenida en el Oficio Nº 003792018-CG/VCSC, la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones emite la Resolución Nº 240-2018-P/JNE, que aprueba la transferencia financiera de S/ 13,682.29 (trece mil seiscientos ochenta y dos con 29/100 soles), equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica, en favor de la Contraloría General de la República, para financiar la contratación de la sociedad de auditoría, con motivo de la auditoría a las Elecciones Municipales 2017; y por Oficio Nº 00326-2019-CG/VCSC, se solicita la segunda transferencia, por el restante cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica, que incluye el IGV, que asciende a S/ 13,682.29 (trece mil seiscientos ochenta y dos con 29/100 soles). En virtud del Informe Presupuestal Nº 0026-2019-DGPID/ JNE, elaborado por la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, y el Informe Nº 041-2019-DGNAJ/ JNE, de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos, existe el debido sustento para que la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones apruebe la segunda transferencia financiera, durante el año fiscal 2019, por el concepto del cincuenta por ciento (50%) restante, cuyo monto equivale a S/ 13,682.29 (trece mil seiscientos ochenta y dos con 29/100 soles), en favor de la Contraloría General de la República, con motivo de la auditoría a las Elecciones Municipales 2017. En uso de las facultades de la que está investida esta Presidencia, RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la segunda transferencia financiera, que asciende a S/ 13,682.29 (trece mil

seiscientos ochenta y dos con 29/100 soles), equivalente al cincuenta por ciento (50%) restante, de la retribución económica, en favor de la Contraloría General de la República, para financiar la contratación de la sociedad de auditoría, con motivo de la auditoría a las Elecciones Municipales 2017. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. VICTOR TICONA POSTIGO Presidente 1748605-1

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros del Gobierno Regional de Madre de Dios
RESOLUCIÓN Nº 3172-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00902 MADRE DE DIOS CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veintiséis de setiembre de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 425-2018-GOREMAD-CR/SCR, presentado el 11 de setiembre de 2018, por Jesús Leoncio Chávez Ardiles, secretario técnico del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante el cual comunicó la licencia, sin goce de haber, que se concedió a Yilmer Gonzales Khan, Mayra Elizabeth Hermoza Sovrino, Yasmany Cárdenas Coral, Carlos Alfredo Aguilar Mendoza y Juan Ticona Quispe, consejeros del mencionado gobierno regional. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los consejeros regionales que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Los siguientes consejeros del Gobierno Regional de Madre de Dios, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentaron sus solicitudes de licencia, sin goce de haber, siendo estas concedidas mediante los acuerdos que se indican:

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