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86 NORMAS LEGALES Martes 12 de marzo de 2019 / El Peruano CONSEJERO SOLICITUD ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Fecha Licencia Nº Fecha Fojas Yilmer Gonzales Khan 08.06.2018 30 035-2018-RMDD/CR 20.06.2018 6 y 7Mayra Elizabeth Hermoza Sovrino08.06.2018 30 035-2018-RMDD/CR 20.06.2018 6 y 7 Yasmany Cárdenas Coral 08.06.2018 30 035-2018-RMDD/CR 20.06.2018 6 y 7 Carlos Alfredo Aguilar Mendoza 08.06.2018 30 035-2018-RMDD/CR 20.06.2018 6 y 7 Juan Ticona Quispe 11.06.2018 30 035-2018-RMDD/CR 20.06.2018 6 y 7 6. En el presente caso, se aprecia que los consejeros Mayra Elizabeth Hermoza Sovrino, Yasmany Cárdenas Coral y Carlos Alfredo Aguilar Mendoza presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo aprobadas por el consejo regional, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, para completar el número de consejeros, resulta procedente convocar a los siguientes candidatos no proclamados de las organizaciones políticas que se indican, conforme a la información remitida por el Jurado Especial de Tambopata, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014: CIUDADANO DNI ORGANIZACIÓN POLÍTICA Carlos Arturo Pérez Bezada 41022534 Movimiento Independiente Amor por Madre de Dios Carlos Arias Souza 04803164 Movimiento Independiente Amor por Madre de Dios Edilberto Francisco Quispe Guillen40394809 Fuerza por Madre de Dios 7. Con relación a la licencia sin goce de haber solicitada por los consejeros Yilmer Gonzales Khan y Juan Ticona Quispe, realizada la búsqueda correspondiente en la Plataforma Electoral-Elecciones Regionales y Municipales 2018 en el portal web del Jurado Nacional de Elecciones <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/OrganizacionesPoliticas/BuscarCandidato> se veri fi có que las candidaturas de las mencionadas autoridades han sido declaradas improcedentes, teniendo dicha decisión la calidad de consentida, por lo que, a la fecha, los citados consejeros no se encontrarían participando como candidatos en las Elecciones Regionales 2018. 8. En atención a lo señalado en el párrafo anterior, estando acreditado que los consejeros Yilmer Gonzales Khan y Juan Ticona Quispe no se encuentran participando como candidatos para las ERM 2018, y considerando que este órgano colegiado, de forma excepcional, emite credenciales respecto de los candidatos no proclamados en el marco de las ERM 2018; se tiene que, respecto de la licencias solicitadas, carece de objeto emitir pronunciamiento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Mayra Elizabeth Hermoza Sovrino, consejera del Gobierno Regional de Madre de Dios, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Carlos Arturo Pérez Bezada, identi fi cado con DNI Nº 41022534, para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejero del Gobierno Regional de Madre de Dios, por la provincia de Tahuamanu, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Yasmany Cárdenas Coral, consejera del Gobierno Regional de Madre de Dios, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Carlos Arias Souza, identi fi cado con DNI Nº 04803164, para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejero del Gobierno Regional de Madre de Dios, por la provincia de Tambopata, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Carlos Alfredo Aguilar Mendoza, consejero del Gobierno Regional de Madre de Dios, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Sexto.- CONVOCAR a Edilberto Francisco Quispe Guillen, identi fi cado con DNI Nº 40394809, para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejero del Gobierno Regional de Madre de Dios, por la provincia de Tambopata, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Sétimo.- CARECE DE OBJETO emitir pronunciamiento respecto de la solicitud de licencia requerida por Yilmer Gonzales Khan y Juan Ticona Quispe, consejeros del Gobierno Madre de Dios, en virtud a que la licencia solicitada no se encuentra enmarcada en el ámbito de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, en tanto las citadas autoridades no se encuentran participando como candidatos en dicho proceso electoral. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1748519-1 Revocan la Res. Nº 00548-2018-JEE-SAPU/ JNE RESOLUCIÓN Nº 3251-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018049811 SAN PEDRO DE PUTINA PUNCO - SANDIA - PUNOJEE SAN ANTONIO DE PUTINA (ERM.2018042216)ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecinueve de octubre de dos mil dieciocho.VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Jhony Medina Coila, personero legal titular de la organización política Frente Amplio para el Desarrollo del Pueblo, en contra de la Resolución Nº 00548-2018-JEE-SAPU/JNE, del 10 de octubre de 2018, correspondiente al distrito de San Pedro de Putina Punco, provincia de Sandia, departamento de Puno, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES El 9 de octubre de 2018, la O fi cina Descentralizada de Procesos Electorales de San Antonio de Putina (en adelante, ODPE) remitió el Acta Electoral Nº 069926- 47-U , correspondiente al distrito de San Pedro de Putina Punco, provincia de Sandia, departamento de Puno, por contener error material en la elección distrital, toda vez que el total de votos es mayor al total de ciudadanos que votaron, y ambos menores al total de electores hábiles. Ante ello, el Jurado Electoral de San Antonio de Putina (en adelante, JEE), luego del cotejo entre su ejemplar y el correspondiente a la ODPE, a través de la Resolución Nº 00548-2018-JEE-SAPU/JNE, del 10 de octubre de