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24 NORMAS LEGALES Martes 19 de marzo de 2019 / El Peruano Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1751225-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aceptan renuncia de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 188-2019 MTC/01 Lima, 18 de marzo de 2019CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 221-2018- MTC/01 se designó al señor Fernando Alarcón Díaz, en el cargo de Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Fernando Alarcón Díaz, al cargo de Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1751009-1 Autorizan a Soluciones Flash Multi Service Car S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV, en local ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 869-2019-MTC/15 Lima, 28 de febrero de 2019VISTOS:La solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº E-010385- 2019, presentada por la empresa “SOLUCIONES FLASH MULTI SERVICE CAR S.A.C.”, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modi fi catorias, establece en el artículo 29 el marco normativo que regula las conversiones de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de combustibles líquidos con la fi nalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustión a Gas Natural Vehicular - GNV, a fi n de que ésta se realice con las máximas garantías de seguridad, por talleres debidamente cali fi cados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilización sin control; Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 elevada a rango de Decreto Supremo mediante artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC, que regula el “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certi fi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”, en adelante La Directiva, establece en el numeral 5.2 el procedimiento y requisitos que deben reunir las personas jurídicas para ser autorizadas como Entidades Certi fi cadoras de Conversión a GNV, ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-010385-2019 del 11 de enero de 2019, la empresa “SOLUCIONES FLASH MULTI SERVICE CAR S.A.C.”, en adelante la Empresa, solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, en el local ubicado en la Av. Tomas Valle Nº 2147 – 2155, Urbanización Covisem, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, con la fi nalidad de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, para cuyo efecto mani fi esta disponer de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión; Que, con O fi cio Nº 712-2019-MTC/15.03 del 30 de enero de 2019, noti fi cado el 05 de febrero de 2019, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente; para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-046172-2019 del 14 de febrero de 2019, la Empresa, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el O fi cio Nº 712-2019- MTC/15.03; Que, de acuerdo al Informe Nº 128-2019-MTC/15.03, elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de La Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la Empresa como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modi fi catorias que aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos, y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certi fi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 elevada a rango de Decreto Supremo mediante el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar a la empresa “SOLUCIONES FLASH MULTI SERVICE CAR S.A.C.”, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión, actividad que deberá realizar en el local ubicado en la Av. Tomas Valle Nº 2147 – 2155, Urbanización Covisem, distrito de San