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32 NORMAS LEGALES Martes 19 de marzo de 2019 / El Peruano una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de distribución de energía eléctrica del Estado, respectivamente. …” DEBE DECIR : “… Artículo 2°.- La presente resolución será vigente para el periodo comprendido entre el 16 de mayo del 2019 y 15 de mayo del 2021 o cuando concluya el Encargo Especial asignado a las empresas estatales, según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de distribución de energía eléctrica del Estado, respectivamente. …” 1751218-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar gastos derivados de contratación de sociedad de auditoría RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 023-2019-INGEMMET/PE Lima, 14 de marzo de 2018VISTOS, El O fi cio Nº 00357-2019-CG/DC de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 028-2019-INGEMMET/OA-UF de la Unidad Financiera; el Memorando Nº 075-2019-INGEMMET/GG-OA de la O fi cina de Administración; el Informe Nº 104-2019-INGEMMET/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 052-2019-INGEMMET/GG-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal, conforme lo señalado en el Reglamento de Organizaciones y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Que, mediante Ley Nº 30879, se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2019; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 179-2018-INGEMMET/PE de fecha 31 de diciembre 2018, se aprueba el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) correspondiente al año fi scal 2019, del Pliego 221 – Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, a nivel de Unidad Ejecutora, para efectos de operativizar la gestión presupuestaria del año fi scal 2019, de conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2019; Que, mediante el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se dispone que las entidades del Gobierno Nacional, quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el mencionado artículo 20, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, con O fi cio Nº 00357-2019-CG/DC, del 27 de febrero de 2019, la Contraloría General de la República solicita al Instituto Geológico Minero y Metalúrgico efectúe la segunda transferencia fi nanciera para el Período Auditado 2018, por el 50% de la retribución económica que incluye el IGV, un monto ascendente a cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y dos y 85/100 soles (S/ 45 432.85); Que, mediante Memorando Nº 075-2019-INGEMMET/ GG-OA del 04 de marzo de 2019 la O fi cina de Administración, sustentando el Informe Nº 028-2019-INGEMMET/OA-UF del 01 de marzo de 2019 de la Unidad Financiera, solicita a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la realización de la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y dos y 85/100 soles (S/ 45 432.85), que comprende al 50% de la retribución económica por el periodo auditado 2018, con el fi n de efectuarse el pago a la Sociedad de Auditoría encargada de realizar las labores de control posterior externo al INGEMMET; Que, mediante Informe Nº 104-2019-INGEMMET/GG- OPP del 11 de marzo de 2019, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, otorga la certi fi cación presupuestal para el año 2019 por el importe de S/ 45 432.85 (cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y dos y 85/100 soles), en la categoría presupuestal 9001: Acciones Centrales. Actividad 5000003: Gestión Administrativa. Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y transferencias, Especí fi ca de Gasto: 2.4.1 3.1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, suma destinada al pago de la sociedad de auditoría externa; Que, mediante Informe Nº 052-2019-INGEMMET/ GG-OAJ del 14 de marzo de 2019 la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable la transferencia fi nanciera por el importe de S/ 45 432.85 (cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y dos y 85/100 soles) a favor de la Contraloría General de la República, a fi n de efectuar el pago respectivo; Con el visto bueno de la Gerencia General, de las Ofi cinas de Administración, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica y de la Unidad Financiera; y, De conformidad con las funciones y responsabilidades previstas por el Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; el Decreto Legislativo Nº 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control y la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera con cargo al presupuesto Institucional 2019, del Pliego 221 Instituto Geológico Minero y Metalúrgico, por la suma de S/ 45 432.85 (CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 85/100 SOLES) por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar el 50% de la retribución económica (segunda Transferencia) por el periodo auditado 2018, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encarga de realizar las labores de control posterior externo al INGEMMET. Artículo 2º.- La transferencia señalada en el artículo precedente, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del pliego 221 Instituto Geológico