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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2019 (19/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Martes 19 de marzo de 2019 El Peruano / del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, las Municipalidades y la Contraloría General de la República, se autorizarán mediante Resolución de las más alta autoridad de la respectiva Entidad.”, en el artículo 2º de la precitada Ley precisa que “Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”; asimismo, en su artículo 3º estipula que “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje.”; Que, en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece la escala de viáticos por concepto de viaje al exterior; Que, con Carta de fecha 11 de marzo del 2019, el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet – España, representado por su Alcaldesa Núria Parlon Gil, remite una invitación a su ciudad Santa Coloma de Gramenet – España, para a fi anzar lazos entre nuestras comunas, en busca de intercambiar experiencias de cooperación municipal y el impulso en proyectos de intercambio técnico, como el que se viene desarrollando en el marco del proyecto de cooperación “Vill@tiende”, habiéndose prescrito un programa de trabajo del 16 hasta el 23 de Marzo del 2019; Que, con Informe Nº 029-2019-UPEM-OPP/MVES la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, emite opinión técnica favorable respecto a la autorización de viaje al exterior de comisión de servicios de la delegación de Villa El Salvador, a la Ciudad de Santa Coloma de Gramenet, precisa que se está invitando al señor Alcalde Clodoaldo Kevin Yñigo Peralta, así como a dos funcionarios municipales, entre ellos la Ing. Marina Luz Zanabria Límaco – Gerente Municipal y el Lic. Francisco Manuel Narrea Laura – Subgerente de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, por el término de ocho (08) días, esto es del 16 hasta el 23 de marzo del 2019, periodo del programa de trabajo elaborado por el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet, siendo la fecha de retorno el 24 de marzo del presente año, por lo cual requiere que la comisión de servicios sea del 16 al 24 de marzo del 2019; y en cuanto a los costos de viáticos del Alcalde, los asumirá el mismo, por lo que la citada Unidad precisa que todos los gastos correspondientes al costo del viaje y viáticos correspondiente a los dos funcionarios de la señalada Delegación, será por un monto de S/. 4,100.00 (cuatro mil y 00/100 soles), es así que el costo unitario asciende a S/ 2,050.00 (Dos mil cincuenta y 00/100 soles), por persona, siendo que el monto asignado por día no supera lo permitido conforme lo precisa el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, decreto que modi fi ca los artículos 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 042-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, con Informe Nº 072-2019-UP-OPP/MVES la Unidad de Presupuesto señala que de acuerdo al Plan Operativo Institucional POI de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Modernización tiene registrado en la Actividad Nº 01 – Gestionar Convenios con Entidades Públicas, Privadas Nacionales y/o Internacionales, por lo que otorga disponibilidad presupuestaria para cubrir los gastos por concepto de viáticos al exterior del país, por el importe de S/ 4,100.00 (Cuatro mil y 00/100 soles), en el ejercicio fi scal 2019, siendo que con Memorando Nº 053-2019-OPP/MVES la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, rati fi ca lo señalado por la citada Unidad; Que, mediante Informe Nº 132-2019-OAJ/MVES la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal precisando que resulta procedente la autorización de viaje al exterior del país en comisión de servicios de la Delegación Municipal de Villa El Salvador, a la ciudad de Santa Coloma de Gramenet – España, conformado por el señor Clodoaldo Kevin Yñigo Peralta – Alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, la Ing. Marina Luz Zanabria Límaco – Gerente Municipal, el Lic. Francisco Manuel Narrea Laura – Subgerente de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, por el término de nueve (09) días, esto es desde el 16 al 24 de marzo del 2019, y considerando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para cubrir con los gastos por concepto de viáticos al exterior del país por el importe de S/ 4,100.00 (Cuatro mil y 00/100 soles), siendo el costo por persona ascendente a S/ 2,050.00 (Dos mil cincuenta y 00/100 soles), de los dos funcionarios de nuestra entidad edil, de igual manera el monto asignado por día no supera lo permitido conforme lo precisa el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, el cual modi fi ca los artículo 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; esto en concordancia con el numeral 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”.; Estando a lo expuesto, con la dispensa del trámite de comisión y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º inciso 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país en comisión de servicios de la Delegación Municipal de Villa El Salvador, conformado por el señor CLODOALDO KEVIN YÑIGO PERALTA, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, a la Ing. MARINA LUZ ZANABRIA LÍMACO, Gerente Municipal y al Lic. FRANCISCO MANUEL NARREA LAURA, Subgerente de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, por el término de nueve (09) días, esto es desde el 16 hasta el 24 de Marzo del 2019, a la Ciudad de Santa Coloma de Gramenet – España, con la fi nalidad de a fi anzar lazos entre nuestras comunas, en busca de intercambiar experiencias de cooperación municipal y el impulso en proyectos de intercambio técnico, como el que se viene desarrollando en el marco del proyecto de cooperación “Vill@tiende”. Artículo Segundo.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía, en la persona del señor ELOY CHÁVEZ FERNÁNDEZ – Primer Regidor de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, en tanto dure la ausencia del alcalde, esto es, del 16 hasta el 24 de marzo del 2019. Artículo Tercero.- DISPONER que los gastos de los viáticos sean autorizados por Resolución de Alcaldía, al amparo del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde 1751023-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Establecen periodo para la inscripción de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial en el Libro de Registro Local de Organizaciones de la Sociedad Civil DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2019-DA/MPC Callao, 14 de marzo del 2019