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59 NORMAS LEGALES Martes 19 de marzo de 2019 El Peruano / FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 553-2019-MP-FN Mediante O fi cio Nº 001258-2019-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 553-2019-MP-FN, publicada en la edición del día 17 de marzo de 2019. DICE: Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, (...) DEBE DECIR:Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, (…) 1751081-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Crediscotia Financiera S.A. el cierre definitivo de oficina especial ubicada en el departamento de Piura RESOLUCIÓN SBS Nº 927-2019 Lima, 7 de marzo de 2019LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por Crediscotia Financiera S.A. para que se le autorice el cierre de fi nitivo de una (01) ofi cina especial, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Que el cierre efectivo de la referida o fi cina especial se realizó el 05.01.2019 por motivos de fuerza mayor; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos - Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Crediscotia Financiera S.A., el cierre de fi nitivo de la o fi cina especial ubicada en Av. Grau N° 526, distrito, provincia y departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1750850-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Gerencia Territorial de Atalaya ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2018-GRU-CR EL CONSEJO REGIONALPOR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modi fi car o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley Nº 30057,mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modi fi cada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, se ha emitido la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, que incluye los lineamientos para la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las Entidades Públicas durante el período transición del sector público al Régimen del Servicio Civil, en la Ley Nº 30057; Que, las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las Entidades Públicas se encuentran establecidas en los Anexos Nº 4, 4A, 4B, 4C y 4D de la Directiva citada y sólo se puede aprobar en tanto la Entidad Pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo Nº 4 de dicha Directiva; Que, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil,