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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2019 (19/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Martes 19 de marzo de 2019 / El Peruano Que, mediante Dictamen Nº 008-2018-GRU-CR- CRNyGMA, de fecha 06 de diciembre de 2018 la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, Dictamina: Declarar de Interés y Prioridad Regional el Ordenamiento, Estandarización y Actualización de la Información Geoespacial en el Departamento de Ucayali, mediante la Infraestructura de Datos Espaciales – IDE; como estrategia fundamental para mejorar la gestión regional y la prestación al servicio del ciudadano; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9º y 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha once de diciembre del dos mil dieciocho, el cual consta en Acta, aprobaron por mayoría la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés y Prioridad Regional el Ordenamiento, Estandarización y Actualización de la Información Geoespacial en el Departamento de Ucayali mediante la Infraestructura de Datos Espaciales - IDE, como estrategia fundamental para mejorar la Gestión Regional y la prestación al servicio del ciudadano. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali a través de la Dirección de Gestión del Territorio, conducir y desarrollar los procesos de implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales IDE del Gobierno Regional de Ucayali con el apoyo técnico de la O fi cina de Tecnologías de la Información y del Comité de Gestión de la Infraestructura de Datos Espaciales del Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Tercero.- ESTABLECER el Geoportal de la Infraestructura de Datos Espaciales - IDE del Gobierno Regional de Ucayali, como medio o fi cial para el acceso, uso de intercambio de información geoespacial que generan las Unidades Orgánicas del Gobierno Regional de Ucayali, en cumplimiento de sus funciones. La Administración y Gestión de la información geoespacial del Geoportal IDE del Gobierno Regional de Ucayali es de responsabilidad de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali a través de la Dirección de Gestión del Territorio. El soporte y mantenimiento de la infraestructura tecnológica del Geoportal es de responsabilidad de la Ofi cina de Tecnologías de la Información. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali – ARAU del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, y en el diario de mayor circulación en la capital de la Región y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil dieciocho. FLORA AMASIFUEN AMASIFUEN Consejera Delegada JESSICA LIZBETH NAVAS SÁNCHEZ Consejera Delegada POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali a los 27 días del mes de diciembre de 2018. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 1750776-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Autorizan viaje de Delegación Municipal de Villa El Salvador a España, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2019/MVES Villa El Salvador, 15 de marzo del 2019POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTOS: El Memorando Nº 284-20169-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 132-2019-OAJ/MVES de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 053-2019-OPP/MVES de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 072-2019-UP-OPP/MVES de la Unidad de Presupuesto, el Informe Nº 029-2019-UPEM-OPP/MVES de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, y la Carta de Invitación del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet - España, sobre autorización de viaje por Comisión de Servicios en favor del Alcalde y dos funcionarios de nuestra entidad edil; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, en el numeral 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que una de las atribuciones que tiene el Concejo Municipal es la de “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.”, así también el artículo 41º estipula que los “Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado Acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional; Que, en el numeral 10.1) del artículo 10º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2019, señala que “Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, (…). La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias”; Que, en el artículo 1º de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que “Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades Públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el Jurado Nacional de Elecciones, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva