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35 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2019 El Peruano / Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República Popular China, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0214/RE-2019 Lima, 25 de marzo de 2019CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la política exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global en materia económica y comercial; Que, la primera Ronda de Negociación entre la República del Perú y la República Popular China con la fi nalidad de optimizar el Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente entre ambos países, en el curso de la cual se abordarán temas como reglas de origen, medidas sanitarias y fi tosanitarias, procedimientos aduaneros y facilitación del comercio, comercio de servicios, inversión, propiedad intelectual, y nuevos capítulos como comercio electrónico y política de competencia; se llevará a cabo en la ciudad de Beijing, República Popular China, del 1 al 4 de abril de 2019; Que, durante las fechas antes señaladas, se realizará además la segunda Reunión de la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio Perú-China, la cual tiene entre sus objetivos principales supervisar el cumplimiento y la correcta aplicación del acuerdo; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme a sus competencias de manejo de la política exterior, tendrá un atento seguimiento a los temas que serán abordados en la referida Ronda de Negociación, así como a la implementación de los acuerdos comerciales suscritos por el Perú; Que, mediante o fi cio circular N° 007-2019-MINCETUR/ VMCE, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha solicitado acreditar a los representantes de la Cancillería que participarán en el referido proceso; La Hoja de Trámite (GAC) N° 444 del Despacho Viceministerial, de 15 de marzo de 2019; y los memoranda (DAE) N° DAE00185/2019, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 14 de marzo de 2019, y (OPR) N° OPR00059/2019, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 19 de marzo de 2019, que otorga la certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y, la Ley N.º 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del Primer Secretario en el Servicio Diplomática de la República Miguel Aníbal Fuentes Cervantes, Asesor de la Dirección General para Asuntos Económicos; a la ciudad de Beijing, República Popular China, del 1 al 4 de abril de 2019, a fi n de participar en la primera Ronda de Negociación entre la República del Perú y la República Popular China, y en la segunda Reunión de la Comisión de Libre Comercio del Tratado de Libre Comercio entre ambas naciones. Artículo 2.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociación Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Miguel Aníbal Fuentes Cervantes2,885.00 500.00 4 2,000.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1753875-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 016-2019-RE Mediante O fi cio Nº 000415-2019-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 016-2019-RE, publicada en la edición del día 18 de marzo de 2019. - En el índice del Reglamento.DICE:“CAPÍTULO VI DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES” DEBE DECIR: “CAPÍTULO VII DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES” DICE: “CAPITULO VII DE LA PRESCRIPCIÓN Y LA CADUCIDAD” DEBE DECIR: “CAPÍTULO VIII DE LA PRESCRIPCIÓN Y LA CADUCIDAD” - En la fórmula normativa del Reglamento: DICE: “CAPÍTULO VI DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES” DEBE DECIR: “CAPÍTULO VII DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES” DICE: “CAPÍTULO VII DE LA PRESCRIPCIÓN Y LA CADUCIDAD” DEBE DECIR: “CAPÍTULO VIII DE LA PRESCRIPCIÓN Y LA CADUCIDAD” 1754561-1