Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2019 (28/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2019 El Peruano / Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones coordinar y ejecutar la producción de las estadísticas básicas a través de censos, encuestas por muestreo y registros administrativos del Sector Público; Que, el Ministerio de la Producción tiene entre sus funciones recopilar información estadística mensual de la actividad básica sobre la evolución de las ventas, empleo y los inventarios de los grandes almacenes e hipermercados minoristas, así como de las tiendas especializadas y centros comerciales a nivel nacional, que permita generar información estadística que evidencie el comportamiento económico coyuntural y sirva de apoyo para la toma de decisiones en materia de su competencia; Que, mediante documento del visto el Ministerio de la Producción a través de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios, solicita autorización para ejecutar a nivel nacional la “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e hipermercados Minoristas y Tiendas Especializadas 2019” dirigida a una muestra de 202 empresas comerciales a nivel nacional, cuyas ventas anuales sean mayores o iguales a tres millones de soles y que cuenten con 50 trabajadores a más de cualquier condición laboral; y la “Estadística Mensual de Centros Comerciales 2019”, dirigida a 16 empresas con 58 establecimientos que tienen tiendas anclas que brindan diversos servicios de entretenimiento y comodidades para el público en general y locales de venta de productos de gran variedad, con la fi nalidad de recopilar información básica sobre la evolución de las ventas, el empleo y los inventarios de los grandes almacenes e hipermercados minoristas y tiendas especializadas, centros comerciales a nivel nacional; Que, mediante O fi cio Nº 139-2019/INEI-DNCE, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática, adjunta el Informe Nº 003-2019-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos en el que se informa que se ha analizado la cobertura geográ fi ca, temática, actividad a investigar, temporalidad, unidad de observación, tamaño de la muestra y modalidad de recolección de datos, validando el procedimiento metodológico remitida por la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, concluyendo que la información presentada cuenta con la validación de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos para la ejecución de la encuestas “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas y Tiendas Especializadas 2019; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la ejecución de la “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas y Tiendas Especializadas 2019” y la “Estadística Mensual de Centros Comerciales 2019” a nivel nacional a cargo de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales de PRODUCE o la que haga sus veces, dentro del ámbito de su competencia administrativa, así como aprobar los formularios respectivos y establecer el plazo máximo para la presentación de la información solicitada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas y Tiendas Especializadas 2019” y la “Estadística Mensual de Centros Comerciales 2019”, dirigida a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional, cuya relación forma parte de la presente Resolución y se encuentra publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob.pe), a cargo de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, las cuales deben cumplir con las siguientes características: a) “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas y Tiendas especializadas 2019”, tener ventas anuales mayores o iguales a tres (3) millones de Soles, contar con cincuenta (50) trabajadores a más de cualquier condición laboral. b) “Estadística Mensual de Centros Comerciales 2019”, contar con tiendas anclas, brindar diversos servicios de entretenimiento y comodidades, para el público en general y locales de venta de productos de gran variedad. Artículo 2º.- Aprobar los formularios correspondientes a las mencionadas Encuestas, las que constituyen parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información, podrán obtener su formulario electrónico a través de un aplicativo Web que estará disponible en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya ruta de acceso es https://extranet.produce.gob.pe, utilizando para ello una CLAVE de ACCESO. Artículo 4º.- Precisar que los formularios electrónicos debidamente absueltos deberán ser diligenciados en forma virtual a través del aplicativo WEB, con la respectiva clave de acceso asignada, a más tardar en el décimo (10) día calendario de fi nalizado el mes que se informa. Cabe indicar, que para aquellas empresas que no tengan facilidad de acceso a Internet, de manera excepcional y por un tiempo determinado previa coordinación con la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción podrán solicitar el envío del formulario físico y remitirlo a la siguiente dirección de correo electrónico: notifi caciones.semci@produce.gob.pe, o comunicarse en Lima al Ministerio de la Producción al 616-2222 anexo: 3316; Regiones: Direcciones Regionales de Produce. Artículo 5º.- Las empresas que por primera vez son incluidas en la ‘’Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas y Tiendas Especializadas 2019’’ y la ‘’Estadística Mensual de Centros Comerciales 2019’’, deberán también remitir su información mensual del ejercicio fi scal 2018. Asimismo, cabe indicar que la institución queda facultada en solicitar a los informantes datos de periodos anteriores, para fi nes estadísticos. Artículo 6º.- Las personas naturales y jurídicas que incumplan con la presentación de los formularios diligenciados de las Encuestas ‘’Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas y Tiendas Especializadas 2019’’ y la ‘’Estadística Mensual de Centros Comerciales 2019’’, en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas, conforme a las sanciones dispuestas por los Arts. 87, 89 y 90 del D. S. Nº 043-2001-PCM, el cual precisa que el pago de la multa no exime de la presentación de la información. Regístrese y comuníquese.FRANCISCO COSTA APONTE Jefe (e) 1753793-2 Autorizan la ejecución de la encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2019” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 074-2019-INEI Lima, 1 de marzo de 2019Vistos el O fi cio Nº 014-2019-PRODUCE/SG/OGEIEE de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción; el