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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2019 (28/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2019 / El Peruano varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código, a fi n de hacer vida común”. Que, conforme al artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que es función especí fi ca de los Gobiernos Locales en materia de población y participación vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar la presentación de los servicios públicos esenciales, como es el caso de Registro Civil. Estando a lo expuesto, conforme a lo establecido en el artículo 9º, de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de aprobación y lectura del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA REALIZACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO A REALIZARSE POR LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DE LA MADRE Artículo Primero.- AUTORIZAR, la celebración del “MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO A REALIZARSE POR LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DE LA MADRE”, el mismo que se realizará el sábado 04 de mayo del 2019, a las 12.00 p.m. en la “Playa la Pocita”, del distrito de Punta Negra. Artículo Segundo.- Los contrayentes que participen en el Matrimonio Civil deberán presentar los siguientes documentos: 1. Solicitud de apertura de expediente (formato en la Municipalidad). 2. Partidas de nacimiento certi fi cadas. 3. DNI copia certi fi cada de contrayentes. 4. Certi fi cados domiciliarios local o declaración jurada. 5. Certi fi cados de soltería (emitido por la RENIEC). 6. Constancia de centro de salud de consejería preventiva de sida (emitido por el MINSA). 7. Certi fi cado médico de TBC y serológico.( emitido por el MINSA) 8. Copias fedateadas de DNI de los testigos. - Los VIUDOS, además de los requisitos. Partida de Matrimonio donde se consigne su condición de viudo y DNI con su nuevo Estado Civil. - Los DIVORCIADOS, además de los requisitos.Partida de Matrimonio con disolución de vínculo matrimonial y DNI con su nuevo estado civil. - Los MENORES DE EDAD, además de los requisitos.Autorización del Juzgado de familia.- Los POLICÍAS y MILITARES, además de los requisitos. CIP (Original y copia) y/o DNI (Original y copia)- Los EXTRANJEROS, además de los requisitos.Los documentos presentados deben estar visado por el consulado Peruano del país residencia, hacer la traducción o fi cial o legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, copia de pasaporte (con sello de último ingreso al Perú) Legalizado ante Notario Público. Artículo Tercero.- DISPENSAR, la publicación de los Edictos Matrimoniales de los contrayentes, en virtud de lo señalado por el artículo 252 del Código Civil, los cuales deberán publicarse en un lugar visible del Palacio Municipal y/o en la o fi cina de Registro Civil y Portal de La Municipalidad (www.munipuntanegra.gob.pe). Artículo Cuarto.- ESTABLECER, el siguiente cronograma: - INSCRIPCIONES Del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” al 27 de Abril del 2019, en la o fi cina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, en horario de o fi cina.- CEREMONIA Celebración del Matrimonio Civil Comunitario sábado 04 de Mayo del 2019 a horas 12.00 p.m. en la “Playa la Pocita”, del distrito de Punta Negra. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Secretaría General y Asesoría Jurídica y Sub Gerencia de Registro Civil, en coordinación con las unidades orgánicas de la Municipalidad el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza Municipal. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ R. DELGADO HEREDIA Alcalde 1754203-1 Designan responsables de la entrega de información de Acceso Público y de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 064-2019/AL/MDPN Punta Negra, 8 de marzo de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Por su parte, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.” Que, en el marco de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información, y su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, artículo 3º inciso b) “De las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad señala que se debe designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público”, e inciso c) señala que se debe “designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia”. Que, es responsabilidad de los gobiernos locales la implementación portales de información a través de internet a fi n de difundir los datos generales sobre la institución, la información presupuestal, la adquisición de bienes y la contratación de servicios, actividades o fi ciales y otros, acorde a lo que establece el Art. 5º del T.U.O. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Que, en el Art 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública se señala lo siguiente:” La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 091-2016/ AL/MDPN, de fecha 31 de Agosto del 2016, se designó a SALVADOR CHAVEZ HUACHO, como responsable de la entrega de información de Acceso Público, de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, en el marco de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información y a BREYSI MELINA BALTAZAR LEON, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, en el marco de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información.