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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2019 (28/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2019 El Peruano / relacionado con que la autoridad municipal tiene un mandato de detención, lo cual le impide que pueda ejercer el cargo para el cual fue elegido por votación popular. Análisis del caso concreto5. En el presente caso, se advierte de autos que el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chorrillos, mediante la Resolución N° 6, del 22 de octubre de 2018, declaró fundado el requerimiento fi scal de prisión preventiva, por el plazo de 36 meses, en contra del alcalde Willington Robespierre Ojeda Guerra, a quien se acusa de liderar una organización criminal que se dedicaría al trá fi co de terrenos en el mencionado distrito. 6. En virtud de dicho pronunciamiento judicial, el Concejo Distrital de Punta Negra, mediante el Acuerdo de Concejo N° 024-2018/CMDPN, adoptado el 31 de octubre de 2018, aprobó la suspensión del cuestionado alcalde por el tiempo que dure el mandato de detención, causal prevista en el artículo 25, numeral 3, de la LOM. El citado acuerdo fue remitido a esta sede electoral a través del O fi cio N° 130-2018- SG/MDPN, recibido el 28 de noviembre de 2018. 7. Al respecto, debe tomarse en cuenta que la comprobación de la causal de suspensión de autos es de naturaleza netamente objetiva, por cuanto se trata de una resolución emitida por un juez competente, en el marco de un proceso de investigación regular, en aplicación de la ley penal pertinente, y con respeto a los derechos y principios procesales amparados por ley, la cual debe ejecutarse indefectiblemente en el fuero electoral. 8. En tal sentido, es un hecho irrefutable que sobre Willington Robespierre Ojeda Guerra pesa una medida cautelar que le impide continuar ejerciendo su cargo en la citada comuna, ya que no puede acudir al local de la entidad pública a desarrollar con normalidad las funciones que la ley le ha encomendado. Dicho impedimento implica la ausencia del representante legal y máxima autoridad administrativa de la Municipalidad Distrital de Punta Negra. 9. Por ello, es necesario que este órgano electoral adopte las medidas necesarias fl exibilizando las formas procesales, con el propósito de atender a la fi nalidad constitucional y legítima que persigue la ley, esto es, garantizar la continuidad y el normal desarrollo de la gestión municipal, la cual puede resultar entorpecida por la imposibilidad material del burgomaestre de desarrollar las funciones propias de su cargo. 10. Así pues, debe tomarse en cuenta el severo impacto a la gobernabilidad y estabilidad democrática que signi fi ca el mandato de detención que pesa sobre el alcalde, por cuanto además genera incertidumbre no solo en los pobladores de la localidad, sino entre las propias entidades públicas, acerca de la autoridad que debe asumir y ejercer la representación de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, debido a que el alcalde se encuentra impedido físicamente de ejercer su cargo. 11. En consecuencia, se debe proceder conforme al Acuerdo de Concejo N° 024-2018/CMDPN, del 31 de octubre de 2018, que aprobó la suspensión de Willington Robespierre Ojeda Guerra, y dejar sin efecto, de manera provisional, su credencial como alcalde de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, en tanto se resuelva su situación jurídica. 12. Por consiguiente, se debe convocar al primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, Jorge Luis Huapaya Zamudio, identi fi cado con DNI N° 43935942, para que asuma, de forma provisional, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, en tanto se resuelva la situación jurídica de Willington Robespierre Ojeda Guerra. 13. Asimismo, para completar el número de regidores, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, corresponde convocar a Meybol Andrea Acosta Turin, identi fi cada con DNI N° 48827232, candidata no proclamada de la organización política Siempre Unidos, para que asuma, de forma provisional, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Punta Negra, en tanto se resuelva la situación jurídica del alcalde en cuestión. 14. Dicha convocatoria se realiza con el acuerdo al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 14 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Sur 1, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014.15. Cabe precisar que, de acuerdo con lo establecido en el artículo primero, ítem 2.32, de la Resolución N° 0554-2017-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano , el 9 de febrero de 2018, uno de los requisitos exigidos para la convocatoria de candidato no proclamado es el pago de la tasa por dicho concepto. No obstante, en el caso de autos, la entidad edil no ha remitido el original del comprobante de pago de dicha tasa, equivalente al 8,41 % de la unidad impositiva tributaria (UIT). 16. Sin embargo, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de las actividades del concejo edil, y considerando las circunstancias particulares del caso concreto, este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de dicha comuna y teniendo como antecedente lo dispuesto en las Resoluciones N° 0056-2016-JNE y N° 0150-2017-JNE, debe disponer la emisión de las credenciales correspondientes, quedando pendiente la presentación de dicho requisito, lo cual deberá ser subsanado, bajo apercibimiento de ley. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO , de manera provisional, la credencial otorgada a Willington Robespierre Ojeda Guerra, como alcalde de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de Lima, que le fue otorgada con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, hasta que se resuelva su situación jurídica. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Jorge Luis Huapaya Zamudio, identi fi cado con DNI N° 43935942, para que asuma, de forma provisional, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, en tanto se resuelva la situación jurídica de la autoridad suspendida, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Meybol Andrea Acosta Turin, identi fi cada con DNI N° 48827232, para que asuma, de forma provisional, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Punta Negra, en tanto se resuelva la situación jurídica de la autoridad suspendida, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. Artículo Cuarto.- REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de Lima, el pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado, equivalente al 8,41 % de la unidad impositiva tributaria (UIT), bajo apercibimiento de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1754448-11 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcaldesa y regidor de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali RESOLUCIÓN N° 3531-2018-JNE Expediente N° J-2018-00956-C01