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81 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2019 El Peruano / Dan por concluido nombramiento y nombran fiscales provinciales provisionales y fiscales provinciales adjuntos del Distrito Fiscal de Lima Norte RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 665-2019-MP-FN Lima, 27 de marzo de 2019VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N° 957, se promulgó el Código Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario O fi cial. Que, el Decreto Legislativo N° 958, en sus artículos 16°, 17° y 18°, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2017-JUS, se modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especi fi cando en dicha norma que la implementación del mencionado Código, entraría en vigencia en el Distrito Fiscal de Lima Norte, el 01 de julio de 2018. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 041-2019-MP-FN-JFS, de fecha 15 de marzo de 2019, se crearon, entre otros, despachos y plazas fi scales en el Distrito Fiscal de Lima Norte, conforme a lo señalado en el o fi cio N° 585-2018-MP-FN-STI-NCPP, del 26 de diciembre de 2018, el mismo que contiene la propuesta de los Diseños de Organización Fiscal y el dimensionamiento de los mismos, correspondiente al segundo tramo presupuestal para la continuidad de la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima Norte, iniciada el 01 de julio de 2018. Del mismo modo, y de acuerdo a lo dispuesto en la referida resolución, debe tenerse en cuenta que las plazas fi scales creadas deberán ser cubiertas únicamente con fi scales provisionales. Que, a través del o fi cio Nº 34-2019-2018-MP-FN- PJFSLIMANORTE, el abogado Marco Antonio Yaipén Zapata, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, eleva las propuestas para cubrir las plazas de fi scales provinciales y adjuntos provinciales respectivas. En tal sentido, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente en el que se disponga los nombramientos y/o designaciones, según corresponda, del personal fi scal que ocupen provisionalmente los referidos cargos, previa verifi cación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Evelyn Judith Romero Benites, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en el Pool de Fiscales de Lima Norte, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 711-2017-MP-FN, de fecha 27 de febrero de 2017. Artículo Segundo.- Nombrar como Fiscales Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra, a los siguientes abogados: - Antonio Ayala Loaiza - Evelyn Judith Romero Benites Artículo Tercero.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra, a los siguientes abogados: - Andrés Jean George Queypo Julca - Tito Rober Montalvo De La Torre, con reserva de su plaza de origen - Elsa Kataerine Rivera Núñez, con reserva de su plaza de origen - Gian Carlos Ramón Custodio- Carina Arana Pimentel, con reserva de su plaza de origen - Lourdes Emperatriz Díaz León, con reserva de su plaza de origen Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación (e) 1754428-3 Asignan, dan por concluidas designaciones, designan y nombran fiscales en los Distritos Fiscales de Lima y Puno, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 666-2019-MP-FN Lima, 27 de marzo de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, en consonancia, con los compromisos asumidos por el Estado peruano al suscribir y rati fi car la Convención Belém Do Pará, establece los mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas, así como la reparación del daño causado, además de la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fi n de garantizar a las mujeres y al grupo familiar, una vida libre de violencia, asegurando el ejercicio pleno de sus derechos. Por su parte el Decreto Legislativo N° 1368 establece la implementación progresiva del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y dispone que el Ministerio Público implemente Fiscalías en materia penal y familia. Asimismo, el artículo 4° y 7° de nuestra Constitución Política del Estado, reconoce una especial protección a las personas con discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres, personas adultas mayores, etc., quienes deben gozar de los mismos derechos que el resto de la población; sin embargo, en la realidad éstas no se cumplen, muchas veces por desinformación o desconocimiento o porque las autoridades competentes para su protección no efectúan su función. En ese contexto, el Ministerio Público a fi n de garantizar que se cumplan los derechos reconocidos en la Constitución y la normativa internacional respecto de las personas en condición de vulnerabilidad; así como adoptar medidas para la protección de la víctima y su entorno familiar, dispuso mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 501-2019-MP-FN, de fecha 12