Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2019 (02/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 2 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 507-2017-SINEACE/ CDAH-P del 29 de diciembre 2017 regula, entre otros, el uso del imagotipo institucional, menciones del Sineace en material de difusión; así como, referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa, disposiciones a ser tomadas en cuenta por las instituciones educativas con programas acreditados; Que, el numeral 6.2 artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que un acto administrativo "puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (...)"; Que, con los Expedientes Nº 0004409-2018, 00044072018, 0004408-2018, 0004410-2018, 0004451-2018, 0004449-2018, 0004450-2018, el Instituto Pedagógico Nacional Monterrico, región Lima, solicita el inicio de proceso de evaluación externa con la finalidad de alcanzar, respectivamente, la acreditación de los Programas de Estudios de "Ciencias Naturales", "Matemática - Física", "Lengua, Literatura y Comunicación", "Ciencias Histórico Sociales", "Educación Primaria", "Idiomas - Inglés", "Educación Inicial"; Que, mediante los Informes de vistos, la Directora de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas Educación Superior eleva a la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc, los expedientes con los Informes respectivos de los Programas de Estudios de "Ciencias Naturales", "Matemática - Física", "Lengua, Literatura y Comunicación", "Ciencias Histórico Sociales", "Educación Primaria", "Idiomas - Inglés", "Educación Inicial" del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico, región Lima, a través de los cuales se recomienda la acreditación de los citados programas de estudios con una vigencia de seis (06) años, considerando el logro pleno de los treinta y cuatro (34) estándares evaluados; Que, con los Informes Nº 000056-2019-SINEACE/ P-ST-OAJ, Nº 000057-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, Nº 000070-2018-SINEACE/P-ST-OAJ,Nº000071-2019-SINEACE/ P-ST-OAJ, Nº 000078-2019-SINEACE/P-STOAJ, Nº 000079-2019-SINEACE/P-ST-OAJ y Nº 000080-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que tomando como sustento lo expresado en los expedientes antes indicados, y en aplicación de lo establecido en la Directiva, corresponde otorgar la acreditación solicitada por un periodo de seis (06) años, dado que todos los programas cuentan con la calificación de logro pleno en los 34 estándares de calidad establecidos para el modelo de acreditación para Programas de Estudios de Institutos y Escuelas de Educación Superior; Que, los miembros del Consejo Directivo Ad Hoc en ejercicio de sus facultades, en sesión del 24 de abril 2019, arribaron a los siguientes acuerdos: Acuerdo Nº 054-2019-CDAH, Acuerdo Nº 055-2019-CDAH, Acuerdo Nº 056-2019-CDAH, Acuerdo Nº 057-2019CDAH, Acuerdo Nº 058-2019-CDAH, Acuerdo Nº 0592019-CDAH, Acuerdo Nº 060-2019-CDAH, mediante los cuales se otorga la acreditación a los Programas de Estudios de "Idiomas - Inglés", "Educación Inicial", "Educación Primaria", "Ciencias Naturales", "Matemática - Física", "Ciencias Histórico Sociales", "Lengua, Literatura y Comunicación" del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico, región Lima, con una vigencia de seis (06) años; Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU.

Artículo 1º.- Oficializar los acuerdos de la sesión de fecha 24 de abril 2019 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante los cuales se otorga la acreditación con vigencia de seis (06) años contados a partir de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, a los programas de estudios del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico, Región Lima, cuyos nombres se incluyen en el cuadro a continuación:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 Acuerdo Acuerdo Nº 054-2019-CDAH Acuerdo Nº 055-2019-CDAH Acuerdo Nº 056-2019-CDAH Acuerdo Nº 057-2019-CDAH Acuerdo Nº 058-2019-CDAH Acuerdo Nº 059-2019-CDAH Acuerdo Nº 060-2019-CDAH Programa de Estudios acreditado Idiomas - Inglés Educación Inicial Educación Primaria Ciencias Naturales Matemática - Física Ciencias Histórico Sociales Lengua, Literatura y Comunicación Región Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima

Artículo 2º.- Precisar que durante el periodo de vigencia de la acreditación de los programas de estudios, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, realizará al menos una visita anual de seguimiento a las acciones implementadas, relacionadas con la institucionalización de la mejora continua. Asimismo, los programas de estudios acreditados, deberán remitir un informe anual al Sineace, dando cuenta de las acciones implementadas relacionadas con la mejora continua. Artículo 3º.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con las acreditaciones otorgadas, deberán realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva Nº 005-2017-SINEACE/P "Directiva que Regula el Uso del Imagotipo Institucional y Referencias a la Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 507-2017-SINEACE/ CDAH-P. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web de la Institución (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace 1765190-3

Oficializan acuerdos que otorgan acreditación a programas de estudios de la Universidad Católica de Santa María
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 064-2019-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 30 de abril de 2019 VISTOS: Los Informes N° 000011-2019-SINEACE/P-DEA-ESU y N° 000013-2019-SINEACE/P-DEA-ESU, emitidos por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones

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