Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2019 (07/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Martes 7 de mayo de 2019 /

El Peruano

Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo opinado en los informes precedentes se eleva los actuados al Pleno del Concejo Municipal, para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por mayoría de los señores regidores asistentes a la sesion ordinaria de concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- AUTORIZAR; el viaje al exterior en comisión de servicios de la señora MARÍA GRACIELA GARCÍA DE LA CRUZ, Regidora de la Municipalidad Distrital de Ate, a la Ciudad de Sucre ­ Bolivia, del 07 al 10 de Mayo del 2019, para asistir y participar en representación de la Corporación Municipal en el Foro Internacional "Ciudades Intermedias"; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- AUTORIZAR; el viaje al exterior en comisión de servicios del señor JUAN PABLO HUAMÁN ARANA - Gerente de Planificación Estratégica de la Municipalidad Distrital de Ate, a la Ciudad de Sucre ­ Bolivia, del 07 al 10 de Mayo del 2019, para asistir y participar en representación de la Corporación Municipal en el Foro Internacional "Ciudades Intermedias"; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 3º.- AUTORIZAR; los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo, según el siguiente detalle:
PASAJES VIÁTICOS AÉREOS POR DÍA US$ US$ 400.00 400.00 800.00 370.00 370.00 TOTAL Nº DE POR VIÁTIDÍAS COS 03 03 1,110.00 1,110.00 2,220.00

Internacional y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1766583-1

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Disponen presentación obligatoria de la Declaración Jurada de Intereses de los funcionarios y servidores civiles de la Municipalidad Distrital de Jesús María
DECRETO DE ALCALDÍA N° 007-2019-MDJM Jesús María, 26 de abril de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA VISTO: El Oficio Múltiple N° D000001-2019-PCM-SIP de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros signado con Documento N° 2019-02287, de fecha 31 de enero del 2019, el Informe N° 141-2019-MDJM-GA-SRH de la Subgerencia de Recursos Humanos, de fecha 14 de febrero del 2019, el Informe N° 114-2019/GAJRC/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, de fecha 06 de marzo del 2019, el Proveído N° 370-2019 de fecha 15 de marzo del 2019, de la Gerencia Municipal y los Informes N° 362 y N° 412-2019-MDJM/GA/SGRH, de fecha 05 y 17 de abril del 2019, respectivamente, de la Subgerencia de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la misma que establece como Objetivo 5 instalar y consolidar a gestión de conflicto de intereses y la gestión de intereses en la administración pública; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 0442018-PCM se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021, estableciendo como parte de sus 69 acciones estratégicas, la necesidad de implementar en todo el aparato público la obligación de transparentar los intereses que tengan aquellos funcionarios y servidores públicos con capacidad de decisión y manejo de recursos y bienes públicos; Que, la Ley Nº 27815 ­ Ley del Código de Ética de la Función Pública, establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la administración pública, estableciendo el deber de la probidad, el cual implica actuar con rectitud, honradez y honestidad en aras de satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por si o por interpósita persona. En esa misma línea el Código prohíbe a todo funcionario mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económico o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo; Que, en ese sentido, el artículo 149° sobre Transparencia Funcional, de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los alcaldes

NOMBRES Y APELLIDOS MARÍA GRACIELA GARCÍA DE LA CRUZ JUAN PABLO HUAMAN ARANA TOTAL:

El monto total de US$ 3,020.00 (Tres mil veinte con 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en moneda nacional, representa al cambio del día (S/. 3.315), la suma de S/. 10,011.30 (Diez mil once con 30/100 Soles), los cuales cubren los costos por concepto de pasajes y viáticos, para el referido viaje; debiendo señalar que los gastos serán con cargo al Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2019, acorde a la certificación presupuestal otorgada. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la realización del viaje, la Regidora María Graciela García de la Cruz y el señor Juan Pablo Huamán Arana, Funcionario de la Municipalidad Distrital de Ate, presentarán un informe detallado sobre las acciones realizadas, logros obtenidos y la correspondiente rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5º.- DISPONER; la transcripción y publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 6º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Tesorería, Gerencia de Planificación Estratégica, Sub Gerencia de Presupuesto, Sub Gerencia de Cooperación Nacional e

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