Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2019 (07/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Martes 7 de mayo de 2019
NOMBRE Y APELLIDOS Med. Mg. Servando García Correa Dr. Ing. Rafael Asunción Seminario Vásquez DIAS 02 02

NORMAS LEGALES
ESCALA DE VIATICOS (D.S. Nº 056-2013-PCM $ 540.00 x 2 = $1,080.00S/3,693.60 $ 540.00 x 2 = $1,080.00S/3,693.60 PASAJES Y GASTOS DE TRANSPORTE $ 2,658.78 S/9,093.03 $ 2,658.78 S/9,093.03 TOTAL S/ S/. 12,786.63 S/. 12,786.63

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Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país, el Señor Gobernador del Gobierno Regional de Piura, y el Gerente Regional de Desarrollo Económico presentarán al Consejo Regional un Informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado, asimismo la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo Cuarto.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el diario oficial "El Peruano".

Artículo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y Aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ ANTONIO LÁZARO GARCÍA Consejero Delegado Consejo Regional 1766749-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Autorizan viaje de regidora y funcionario de la Municipalidad a Bolivia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2019/MDA Ate, 6 de mayo de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 06 de Mayo del 2019; el Informe Nº 042-2019-MDA-GPE/ SGCNI de la Sub Gerencia de Cooperación Nacional e Internacional; el Informe Nº 0286-2019-MDA/GPE-SGP de la Sub Gerencia de Presupuesto; el Informe Nº 3062019-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 1343-2019-MDA/A del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Informe Nº 469-2019-MDA/GCNI, la Sub Gerencia de Cooperación Nacional e Internacional señala que el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre y el Presidente de la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones (FLACMA) y Vicepresidente de CGLU, ha cursado invitación para asistir y participar al Alcalde y Funcionarios en representación de la Municipalidad Distrital de Ate en el Foro Internacional "Ciudades Intermedias", el cual se realizará en la Ciudad de Sucre - Bolivia, del 08 al 09 de mayo del 2019; señalando además, que el costo del billete de avión (ida y vuelta) y los gastos de estadía (viáticos) por 03 días deberán ser cubiertos por la Corporación Municipal, precisando que el costo de pasaje es de US$ 400.00 dólares y la autorización de viaje deberá efectuarse con salida de Lima el 07 de mayo, y retorno el 10 de mayo del 2019;

Que, mediante Memorándum Nº 1343-2019-MDA/A, el Despacho de Alcaldía señala que en consideración a la importancia que adquiere la participación de la Municipalidad en el mencionado evento, asistirán la Regidora María Graciela García de la Cruz y el señor Juan Pablo Huamán Arana - Gerente de Planificación Estratégica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, (modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM) se regulan las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; conforme al artículo 1º del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que modifica el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas, especificadas en dicha norma, correspondiendo para América del Sur la suma de US$ 370.00 Dólares Americanos, por cada día que dure la misión oficial; Que, mediante Informe Nº 0116-2019-MDA/GPESGP, la Sub Gerencia de Presupuesto respecto al viaje en Comisión de Servicios de la Regidora María Graciela García de la Cruz y el señor Juan Pablo Huamán Arana Gerente de Planificación Estratégica, remite la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000001368 de fecha 06.05.2019, precisando la Disponibilidad Presupuestal correspondiente para el referido viaje, con cargo al presupuesto del Ejercicio Fiscal 2019, Partida Específica de Gasto: 2.3.2 1.1 1 Pasajes y Gastos de Transporte por la suma de S/. 2,652.00 soles; y, en la partida 2.3.2 1.1 2. ­ Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio por la suma de S/. 7,359.30, por tres (3) días de viáticos, siendo el importe total de S/. 10,011.30 Soles; Que, mediante Informe Nº 306-2019-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente que el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo, autorice el viaje de la señora Regidora María Graciela García de la Cruz y el señor Juan Pablo Huamán Arana Gerente de Planificación Estratégica de la Municipalidad Distrital de Ate, quienes viajaran a la Ciudad de Sucre ­ Bolivia, del 07 al 10 de mayo del 2019, para asistir en representación del Corporativo en el Foro Internacional "Ciudades Intermedias", sufragándose el costo de pasajes de ida y vuelta, así como los viáticos correspondientes; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9º numeral 11), indica que es atribución del Concejo Municipal: Autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, el numeral 10.1) del artículo 10º de la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 establece, Medidas en materia de bienes y servicios señalando 10.1. Durante el Año

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