Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2019 (30/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Jueves 30 de mayo de 2019 /

El Peruano

del numeral 5.3 del citado artículo que la alta Dirección debe designar a la persona o personas que tendrán la competencia, posición, autoridad e independencia apropiada para ejecutar la función de cumplimiento de la política antisoborno de la organización; Que, la OILCC del MVCS, tiene, entre otras, la función de promover y realizar actividades vinculadas al fomento de la ética, transparencia y lucha contra la corrupción; así como, elaborar y proponer a la Alta Dirección normas relacionadas a las materias de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24-A del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; Que, mediante Memorándum N° 205-2019-VIVIENDASG/OILCC, la Directora de la OILCC da su conformidad al Informe N° 011-2019-VIVIENDA-SG/OILCC, a través del cual sustenta la necesidad de formular la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a fin de fortalecer la lucha contra la corrupción, reforzando las competencias técnicas y éticas de los servidores del MVCS; así como, de la ciudadanía; Que, con Memorando N° 1340-2019-VIVIENDAOGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 193-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización, por el cual se emite opinión favorable respecto a la Política Antisoborno, señalando que el referido proyecto de Política, cumple con lo requerido por la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001:2017; Que, en este sentido, para la implementación de la NTP ISO 37001:2017, se requiere aprobar una política antisoborno; así como, designar al responsable de la función de cumplimiento, toda vez que la misma recoge el compromiso del MVCS de luchar contra el soborno y la corrupción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 30156, Ley Orgánica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 20182021; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Designar a el/la Director/a de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción, como responsable de cumplimiento de la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Estadística e Informática, difunda los alcances de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ESTRADA MENDOZA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO POLÍTICA ANTISOBORNO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS ha decidido fortalecer la lucha frontal contra todas las prácticas de corrupción con la finalidad de ofrecer al Perú mejores servicios de vivienda, construcción y saneamiento, impulsando el desarrollo de acciones que promuevan la transparencia en la gestión administrativa

y técnica, disuadiendo las conductas indebidas e incentivando el compromiso de todo servidor civil y contratista o quien tenga relación jurídica con la entidad contra el soborno. En ese sentido, el MVCS acorde a lo dispuesto en la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, aprobada por Decreto Supremo N° 0922017-PCM, manifiesta su posición de luchar formalmente contra el soborno y la corrupción, y su firme decisión de adoptar todas las medidas necesarias para combatirlos, comprometiéndose a: a) Prohibir el soborno; asimismo, denuncia y sanciona todo tipo de corrupción en la entidad. b) Cumplir los requisitos del sistema de gestión antisoborno (NTP ISO 37001:2017). c) Promover comportamientos éticos a través de la sensibilización y capacitación de los servidores civiles y partes interesadas, sobre la gestión de riesgos y sus controles, así como la importancia de su compromiso con el sistema de gestión antisoborno. d) Comprometer a todos los servidores civiles y contratistas, a cumplir con el marco legal contra cualquier práctica de soborno en el MVCS. e) Evitar las prácticas de soborno a través de los socios de negocio del MVCS. f) Prohibir la obtención de ventajas indebidas, así como la aceptación de regalos, obsequios, cortesías ni otros beneficios a los servidores civiles del MVCS, g) Generar conciencia entre los servidores civiles y contratistas del MVCS sobre las consecuencias disciplinarias, civiles y penales por realizar o permitir realizar prácticas que constituyan soborno. h) Asegurar que no exista represalia cuando se reporta una inquietud de soborno, protegiendo la identidad e integridad de las personas. i) Promover la mejora continua del sistema de gestión antisoborno, considerando a las personas como principales responsables de la gestión y mejora de sus procesos. Se precisa que todo servidor civil que tenga conocimiento directo sobre potenciales incumplimientos de esta Política, que no denuncie a las instancias correspondientes, que induzca a error u obstaculice a los encargados del proceso de investigación o que se encuentren realizando indagaciones sobre potenciales incumplimientos de esta Política, está sujeto a acción disciplinaria. En todos los casos, la acción disciplinaria puede incluir el término de la relación laboral. El MVCS reafirma su compromiso de promover las conductas éticas e íntegras, difundiendo e incentivando en sus servidores civiles el conocimiento y cumplimiento de la presente política, a fin de prevenir y/o evitar cualquier riesgo de soborno. La Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del MVCS, supervisa el cumplimiento de la presente Política. 1774232-1

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS
Designan Gerente de la Gerencia de Articulación Territorial de la SUTRAN
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 071-2019-SUTRAN/01.1 Lima, 27 de mayo de 2019

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