Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2019 (08/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Viernes 8 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
Nombres y Apellidos Haydeé Miriam Ramos León José Carlos de la Cruz Espinoza Pasajes Aéreos Clase Económica USD 591.46 591.46 Viáticos por Número día USD de días 370.00 370.00 6 6

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Total de viáticos USD 2220.00 2220.00

la región norte de La Paz en la recuperación de suelos degradados a través de técnicas de manejo agroforestal; Que, en dicha actividad, participarán los servidores de nacionalidad peruana Haydeé Miriam Ramos León del Instituto de Innovación Agraria (INIA) del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) y José Carlos de la Cruz Espinoza del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Caravani, Departamento de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el desplazamiento de los mencionados servidores serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI; Que, mediante Memorándum N° 0919-2019-APCI/ OGA, de 21 de octubre de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informó respecto del importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándums N° 0490-2019-APCI/ OPP y N° 0495-2019-APCI/OPP, de 16 y 21 de octubre de 2019, respectivamente, indicó que se cuenta con la disponibilidad presupuestal, emitiendo las respectivas certificaciones de crédito presupuestal; Que, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, mediante Informe N° 0140-2019APCI/DGNI, de 24 de octubre de 2019, emitió opinión técnica concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento al Estado Plurinacional de Bolivia de los referidos servidores de la República del Perú; Que, siendo así, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI, mediante Informe N° 0264-2019/APCI-OAJ, de 25 de octubre de 2019, verificó el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, opinando favorablemente por la gestión de la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum (DCI) N° DCI00735/2019, de 30 de octubre de 2019, la Dirección de Cooperación Internacional, indicó haber verificado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación; De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de los servidores peruanos, señora Haydeé Miriam Ramos León del Instituto de Innovación Agraria (INIA) del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) y señor José Carlos de la Cruz Espinoza del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), al Estado Plurinacional de Bolivia, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la actividad denominada "Capacitación a Funcionarios del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT), técnicos y productores del Municipio de Caravani, La Paz ­ del Estado Plurinacional de Bolivia sobre recuperación de suelos degradados" del Proyecto denominado "Fortalecimiento a la recuperación de suelos degradados en base a técnicas agroforestales de innovación en la región Norte de La Paz y trópico de Cochabamba", a realizarse en la ciudad de Caravani, Departamento de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 10 al 15 de noviembre de 2019, de acuerdo con el siguiente detalle:

Artículo 2.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1824468-1

Autorizan a la APCI los gastos para el desplazamiento de servidores del INIA para brindar asistencia técnica y capacitación en el marco de actividad que se realizará en Colombia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0770/RE-2019 Lima, 6 de noviembre de 2019 VISTO: El Memorándum (APC) N° APC00403/2019, de 25 de octubre de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, y el Memorándum (DCI) N° DCI00728/2019, de 28 de octubre de 2019, de la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, sacha inchi y en métodos de cultivo es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo N° 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de

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