Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2019 (08/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de noviembre de 2019 /

El Peruano

extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración; Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la Cooperación entre Perú y Colombia, se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica, suscrito en Lima el 12 de diciembre de 1997, a través del cual, se estableció un mecanismo de seguimiento de las acciones de cooperación denominado "Comisión Mixta Peruano­Colombiana", cuyas reuniones se realizan cada dos (02) años alternadamente; Que, en la IX Reunión de la Comisión Mixta Peruano­ Colombiana, sostenida en Bogotá el 28 de noviembre de 2017, se aprobó el Programa de Cooperación Bilateral 2017-2019, conformado, entre otros, por el proyecto denominado "Fortalecimiento del Cultivo de Sacha Inchi en el Departamento del Putumayo", cuya finalidad es convertir al cultivo de sacha inchi en una alternativa válida y sostenible en el proceso de sustitución de cultivos ilícitos en el Departamento del Putumayo, Colombia; Que, en el marco del mencionado proyecto, se ha programado la actividad denominada "Taller en temas técnicos del cultivo de sacha inchi, ubicados en los municipios de Mocoa, Puerto Caicedo, Puerto Asís, Orito y Valle del Guamuez, por parte de dos expertos del INIA o del IILA, para intercambiar conocimientos y buenas prácticas en este cultivo", la cual se llevará a cabo del 10 al 19 de noviembre de 2019 en el Departamento del Putumayo, Colombia; cuyas instituciones ejecutoras son: el Instituto de Innovación Agraria (INIA) del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) de la República del Perú, y la Secretaría de Agricultura de la Gobernación del Putumayo de la República de Colombia; Que, en la referida actividad, la asistencia técnica y capacitación que brindará el INIA del Perú contribuirá a generar conocimiento y mejorar las capacidades técnicas de productores del Putumayo en materia del manejo del genotipo de sacha inchi y en métodos de cultivo; Que, en dicha actividad participarán las señoras Emma Imelda Manco Céspedes y Fredesvinda Carrillo Castillo, y el señor Wilson Vidal Mamani Huarachi, servidores del INIA, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en las ciudades de Bogotá y Puerto Asís de la República de Colombia; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el desplazamiento de los mencionados servidores serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI; Que, mediante Memorándum N° 0920-2019-APCI/ OGA, de 21 de octubre de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informó respecto del importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados; asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándums N° 0488-2019-APCI/ OPP y N° 0493-2019-APCI/OPP, de 16 y 21 de octubre de 2019, respectivamente, indicó que se cuenta con la disponibilidad presupuestal, emitiendo las respectivas certificaciones de crédito presupuestal; Que, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, mediante Informe N° 0139-2019APCI/DGNI, de 23 de octubre de 2019, emitió opinión técnica concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento a la República de Colombia de los referidos servidores del INIA; Que, siendo así, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI, mediante Informe N° 0262-2019/APCI-OAJ, de 24 de octubre de 2019, verificó el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, opinando favorablemente por la gestión de la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum (DCI) N° DCI00728/2019, de 28 de octubre de 2019, la Dirección de Cooperación Internacional, indicó haber verificado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia

con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación; De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 135-2010RE; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de las señoras Emma Imelda Manco Céspedes, Fredesvinda Carrillo Castillo y el señor Wilson Vidal Mamani Huarachi, servidores del Instituto de Innovación Agraria (INIA) de la República del Perú, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la actividad "Taller en temas técnicos del cultivo de sacha inchi, ubicados en los municipios de Mocoa, Puerto Caicedo, Puerto Asís, Orito y Valle del Guamuez, por parte de dos expertos del INIA o del IILA, para intercambiar conocimientos y buenas prácticas en este cultivo" del Proyecto denominado "Fortalecimiento del Cultivo de Sacha Inchi en el Departamento del Putumayo", a realizarse en las ciudades de Bogotá y Puerto Asís, República de Colombia, del 10 al 15 de noviembre, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Clase Económica USD Nombres y Apellidos Internacional Lima ­ BogotáPuerto Asís ­ Bogotá - Lima 1425.96 1425.96 1425.96 Nacional (Tarapoto ­ Lima­ Tarapoto) 311.76 -311.76 Viáticos Total de Número por día viáticos de días USD USD

Emma Imelda Manco Céspedes Fredesvinda Carrillo Castillo Wilson Vidal Mamani Huarachi

370.00 370.00 370.00

6 6 6

2220.00 2220.00 2220.00

Artículo 2.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1824468-2

SALUD
Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de Hospital III de la Dirección General del Hospital de Emergencias José Casimiro Ulloa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1040-2019/MINSA Lima, 6 de noviembre del 2019 Visto, el expediente Nº 19-105971-003, que contiene el Memorando Nº 2452-2019-DGOS/MINSA, emitido por el

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