Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2019 (23/11/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

68

NORMAS LEGALES

Sábado 23 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal­COFOPRI; Que, el tercer párrafo del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 803, modificado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, en concordancia con el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -- COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de la Entidad quien ejercerá la titularidad del pliego presupuestal; Que, mediante la Resolución Directoral N° 180-2018-COFOPRI/DE del 26 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 211 Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, para el Año Fiscal 2019; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; disponiendo que la citada Resolución se publique en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019CG del 22 de octubre de 2019, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a favor Contraloría General de la República; Que, con el Oficio N° 000919-2019-CG/SGE recibido el 13 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República solicita al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal­COFOPRI que proceda a efectuar la primera transferencia financiera por el 50% (cincuenta por ciento) de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas, del periodo auditado 2019, por el importe de S/ 41 331,00 (Cuarenta y un mil trescientos treinta y uno con 00/100 soles); Que, mediante documento de vistos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, informa que se dispone de los recursos necesarios en la secuencia funcional "0118" de la actividad "5000003 Gestión Administrativa", para efectuar una transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, por la suma de S/ 41 331 (Cuarenta y un mil trescientos treinta y uno con 00/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, con el visado de Gerencia General, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 803 y modificatorias; Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias; Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones; Directiva N° 001-2019-

EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia financiera del Pliego 211:Organismo de Formalización de la Propiedad Informal hasta por la suma de S/ 41 331,00 (Cuarenta y un mil trescientos treinta y uno con 00/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, destinado a los fines señalados en la parte considerativas de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 211:Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, en la Fuente de Financiamiento 1:Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, Programa 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Meta: 0118, específicas del gasto: 2.4.1 3.1.1 "A Otras Unidades del Gobierno Nacional" por la suma de S/ 41 331,00 (Cuarenta y un mil trescientos treinta y uno con 00/100 soles). Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Directoral no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI (www.cofopri.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR ROBERTO FIGUEREDO MUÑOZ Director Ejecutivo 1830153-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban Transferencia Financiera a favor de unidades ejecutoras del sector salud para el financiamiento de las prestaciones de salud a los asegurados del SIS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 181-2019/SIS Lima, 22 de noviembre de 2019 VISTOS: El Informe Conjunto N° 006-2019-SIS/GNFSGF/PMRA-GPR con Proveído N° 901-2019-SIS/GNF, el Memorando N° 1063-2019-SIS/GNF y el Memorando N° 1067-2019-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Memorando N° 1849-2019-SIS/ OGPPDO y el Memorando N° 1850-2019-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; y el Informe N° 590-2019-SIS/ OGAJ/DE con Proveído N° 609-2019-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.