Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2019 (27/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de noviembre de 2019 /

El Peruano

43. Es con la conformidad expresada por el área usuaria que, mediante Memorando N° 052-2019-DAMDJ/ATZC, del 12 de febrero de 2019, el director de Administración y Finanzas se dirige a la jefa de la Unidad de Tesorería de la municipalidad, a fin de comunicarle que se autorizó el giro de S/ 4 158,00, por la adquisición de útiles de escritorio y otros para la municipalidad, a favor de Tulio Arquímedes Arévalo Montalván (fojas 95 del Expediente N° JNE.2019001388). 44. Ahora bien, es de advertirse que existe una diferencia entre el monto total de las proformas (S/ 4 619,00) y el monto autorizado para el giro a favor del proveedor (S/ 4 158,00). Al respecto, es necesario precisar que la Proforma N° 0000741 consigna como total S/ 1 142,00; sin embargo, del contenido de la Factura 002 N° 0003364, del 6 de febrero de 2019 (fojas 115 del Expediente N° JNE.2019001388), se observa que, únicamente, se consigna los materiales de escritorio señalados en la referida proforma a partir del ítem 17, situación que es coincidente con los documentos de conformidad. En ese sentido, se considera que la diferencia entre el monto presentado en la proforma (S/ 1 142,00) y el monto

cancelado (S/ 681,00) guardan estrecha relación y, con ello, existe coincidencia con el giro total (S/ 4 158,00). 45. Así las cosas, no se evidencia conflicto de intereses alguno; por el contrario, se verifica que el proveedor, al emitir las Facturas 0002 N° 0003361, 0002 N° 0003364, 0002 N° 0003366 y 0002 N° 0003368, únicamente fue retribuido con lo otorgado a la municipalidad edil de manera efectiva, corroborándose con ello que el proveedor ­de quien, a decir del recurrente, el alcalde tiene un interés­, no obtuvo beneficio indebido o adicional por la contraprestación. 46. Como cuarto hecho, el solicitante también ha cuestionado la adquisición de dos impresoras HP láser, por ARCA Ingeniería y Construcciones S. A. C. Sin embargo, esta adquisición también se encontraba considerada dentro del Requerimiento Consolidado de la Unidad de Logística de la Municipalidad Distrital de Jeberos, solicitado mediante la Nota de Coordinación N° 002-2019-MDJ-OUL, del 4 de febrero de 2019 (fojas 105 a 108 del Expediente N° JNE.2019001388). 47. Aunado a ello, de los actuados se confirma que, frente a las dos propuestas presentadas (fojas 138 y 139 del Expediente N° JNE.2019001388), ARCA Ingeniería y Construcciones S. A. C. exhibió el mejor precio:

De dichos documentos se advierte que, por las dos (2) impresoras HP Láser, ARCA Ingeniería y Construcciones S. A. C. ofertó S/ 4 800,00, mientras que Multiventas y Servicios Generales SOYMAR, de Claudeci Pérez Guerra, ofertó S/ 5 000,00. 48. Así las cosas, el área Logística generó el Pedido ­ Comprobante de Salida N° 011, del 6 de febrero de 2019, suscrito por esta y por el jefe de Almacén (fojas 126 del Expediente N° JNE.2019001388), previa Orden de Compra ­ Guía de Internamiento N° 011-2019 (fojas 125 del Expediente N° JNE.2019001388), consignando como proveedor a ARCA Ingeniería y Construcciones S. A. C. por las impresoras HP Láser. 49. En ese sentido, con la Conformidad de Recepción y Estado de Bienes, suscrita por el jefe de Logística (fojas 127 del Expediente N° JNE.2019001388), mediante Memorando N° 057-2019-DA-MDJ/ATZC, del 18 de febrero de 2019, el director de Administración y Finanzas autorizó el giro "por la adquisición de impresoras HP Laser", por S/ 4 800,00 (fojas 124 del Expediente N° JNE.2019001388).

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