Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2019 (27/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Real Plaza Trujillo, ubicada en Av. César Vallejo Oeste Nº 1345, local B-07, distrito y provincia de Trujillo, y departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1830328-1

Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; VISTO: El Dictamen Nº 002-2019-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/COCNALyD-CR, de fecha 20 de agosto de 2019, suscrito por los miembros de la Comisión Ordinaria de Constitución, Normas, Asuntos Legales y Descentralización, mediante el cual se dirigen al pleno del Consejo Regional y proponen: "APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS", y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Art. 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, de conformado con lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador (...)"; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (...)"; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y el literal a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 374-2015CRA/CR de fecha 23 de octubre de 2015, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional de Amazonas; Que, con Pedido de fecha 19 de junio de 2019, los consejeros regionales, Mario Y. Torrejón Arellanos, Segundo Macario Bravo Zorrilla, Leandro Calvo Nantip, se dirigen al pleno del Consejo Regional y proponen, modificar en su totalidad el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado con Ordenanza Regional Nº 374-2015-GRA/CR, de fecha 23 de octubre de 2015 y el cambio de Nomenclatura, de Reglamento Interno (RI) del Consejo Regional de Amazonas a Reglamento Interno de Organización y Funciones (RIOF) del Consejo Regional de Amazonas; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 129-2019-CRA/CR-SO de fecha 24 de junio de 2019, el Consejo Regional de Amazonas por unanimidad acordó, derivar el Pedido de fecha 19 de junio de 2019, a la Comisión Ordinaria de Constitución, Normas, Asuntos Legales y Descentralización, para su evaluación y la posterior emisión del Dictamen que contenga la propuesta del nuevo Reglameto Interno del Consejo Regional de Amazonas, en el plazo establecido por ley;

Autorizan al Banco de Comercio la apertura de agencia en el distrito de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín
RESOLUCIÓN SBS Nº 5449-2019 Lima, 19 de noviembre de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva, y; CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS Nº 2402013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Comercio la apertura de una (01) agencia, ubicada en Avenida Mariscal Castilla Nº 1880 (Lote 1 de la manzana "A" de la Urb. Miraflores) del distrito de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1830331-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Regional de Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 452 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR "APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS" EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la

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