Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2019 (29/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente ordenanza a la Municipalidad Distrital de Chaclacayo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al igual que el anexo que forma parte de este dispositivo legal (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1831701-1

Aprueban Plan Estratégico Institucional 2020 - 2023 de la Municipalidad Metropolitana de Lima
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 503 Lima, 26 de noviembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; VISTO, el Informe N° 194-2019-MML-GP-SPC de la Subgerencia de Planeamiento Corporativo, el Memorando N° 708-2019-MML-GP de la Gerencia de Planificación y el Informe Nº932-2019-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y; CONSIDERANDO: Que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, orientados al desarrollo de la planificación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad en el marco del Estado constitucional de derecho; creándose dicho sistema como un conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales, cuya finalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", en cuyo numeral 7.3 del artículo 7 se establece que, respecto a la articulación de planes estratégicos a nivel institucional, los objetivos expresados en los Planes Estratégicos Institucionales (PEI), para su implementación en los Planes Operativos Institucionales (POI), se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), Planes Estratégicos Multisectoriales (PEM), Planes de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) o Planes de Desarrollo Local Concertado (PDLC), según corresponda al tipo de entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD, modificada por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017-CEPLAN/PCD, Nº053-2018-CEPLAN/PCD y Nº 00016-2019/CEPLAN-PCD, se aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional", en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua,

aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres (3) niveles de gobierno, estableciendo las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del PEI y el POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, en el marco expuesto, se precisa en el numeral 4.1 de la acotada Guía que, el PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve, siendo que estos objetivos se deben reflejar en resultados. Asimismo, en el numeral 4.2 se establece que, para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad, por lo que el Titular del Pliego es responsable de la aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación del PEI, en línea con la política institucional que tiene una orientación de largo plazo, en armonía con las políticas de Estado, Política General de Gobierno, políticas nacionales, sectoriales y territoriales, según corresponda; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 384 de fecha 11 de julio de 2019 se resuelve iniciar el proceso de elaboración del Plan Estratégico Institucional 20202023 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuyo carácter es permanente; Que, el numeral 5.7 de la citada "Guía para el Planeamiento Institucional", establece que el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) verifica y valida la metodología, la consistencia y coherencia del Plan Estratégico Institucional (PEI) con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del Plan Estratégico Institucional (PEI); Que, mediante Memorando N°708-2019-MMLGP de fecha 14 de noviembre de 2019, la Gerencia de Planificación remite el Informe N°194-2019-MML-GPSPC de la Subgerencia de Planeamiento Corporativo, por el cual traslada el Oficio N°D000487-2019-CEPLANDNCP de fecha 13 de noviembre de 2019, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN el cual precisa que el equipo de especialistas, previa revisión de la articulación del contenido y la estructura del Plan Estratégico señalado, ha elaborado el Informe Técnico N°D000217-2019-CEPLAN/DNCPPEI, el cual concluye que el Plan Estratégico Institucional 20202023 de la Municipalidad Metropolitana de Lima cumple con lo requerido en la normativa vigente; Que, con Informe Nº 932-2019-MML-GAJ de fecha 15 de noviembre de 2019, la Gerencia de Asuntos Jurídicos concluye que, es viable aprobar la propuesta Plan Estratégico Institucional 2020-2023 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; y, la "Guía para el Planeamiento Institucional", modificada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 016-2019/CEPLAN/PCD; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional 2020-2023 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a las dependencias involucradas en el Plan Estratégico Institucional 20202023 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cumplimiento de lo dispuesto en el documento aprobado en el artículo precedente.

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